SOBRE LACUNZA Y EL INDEX: Refutación de los errores vertidos en un vídeo de Isaac (canal Macabeo).
Antonio Sánchez
Catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad de Sevilla
Sevilla, a 21 de abril de 2023
- Introducción
A. Sobre la cita a Lacunza que se hace en el vídeo
En un reciente vídeo que ha grabado Isaac esta semana me acusa de nuevo de contradecir la doctrina de la Iglesia sobre el milenarismo. Sin duda Isaac se refiere a un vídeo grabado en el canal de César para Jesucristo, titulado “Sobre el arrebatamiento”, donde, según él, se ensalza a Manuel Lacunza, sacerdote jesuita chileno.
Lo primero que habría que decir es que en el citado vídeo no se ensalza a Manuel Lacunza, como él dice.
Si uno ve el vídeo queda claro que la cita sale a colación de un comentario que hace uno de los contertulios, Rafael, al rebatir la idea protestante de que el arrebatamiento pretribulacional procede de la obra de Manuel Lacunza “La Venida del Mesías en Gloria y Majestad”. Y lo hace citando, nada menos, que la autoridad indiscutible de D. Marcelino Menéndez Pelayo, gloria de la intelectualidad católica española, quien en una addenda incluida en el Volumen VI de su magna obra “Historia de los Heterodoxos españoles”, indica que en dicha obra no se habla del rapto pretribulacional, y que nada hay en ella de herético, habiendo sido incluído en el Índice de Libros prohibidos para evitar que mucha gente poco docta pudiera leer en castellano cuestiones que les podrían llevar a teorías peligrosas (en suma, al milenarismo carnal, éste sí completamente prohibido).
Añadía D. Marcelino que no todas las obras incluidas en el Índice lo estaban por heréticas, sino por otras razones. Aventuraba el gran escritor santanderino que las verdaderas razones por las que se prohibió la impresión y difusión del libro de Lacunza fue por ideas peregrinas como considerar que no habría un Anticristo persona sino un cuerpo moral; o por incluir frases muy duras contra el papa Clemente XIV, por haber extinguido la Compañía de Jesús.
Lacunza entendía que, a partir de las profecías bíblicas, se podía esperar, para el periodo previo al «Día del Señor», una apostasía generalizada de la Iglesia católica. Por lo mismo la Iglesia pasaría a formar parte del Anticristo, comprendido éste no como un individuo, sino como «cuerpo moral» integrado por todos los apóstatas y ateos de la Tierra. Este punto de su teología era especialmente polémico, al prever que la Iglesia oficial se pondría del lado equivocado en el último combate entre el bien y el mal. Este punto fue, en definitiva, el que le valió la condena vaticana de su obra. Y sabemos, con los ojos de hoy, que esto es verdad, porque Juan Pablo II y el Card. Ratzinger recogieron esta advertencia de apostasía general, salvo de un resto, en el numeral 675 del Catecismo.
De hecho, el principal opositor de Manuel Lacunza fue un paisano mío, sevillano, el por entonces célebre párroco de San Andrés, en Sevilla, D. José María Roldán, que escribió un libro titulado “El Ángel del Apocalipsis”, contra el libro de Lacunza. Roldán en algunas cosas da la razón al Padre Lacunza; en otras muchas difiere, impugnando, sobre todo, y llevaba razón, la tesis lacunziana de que el Anticristo había de ser cuerpo político y no persona humana. Indicaba también Roldán que el Reino de Jesucristo durante el milenio tenía que ser espiritual en las almas de los justos y no temporal y visible, como, por cierto, sostenemos nosotros, amparándonos en las locuciones que la Virgen le hizo al padre Gobbi. Como vemos, el padre Roldán no niega un milenio de Reino de Cristo sobre la Tierra, tras la Parusía, algo que deriva de la propia Biblia, sólo que dice que, en él, Cristo, no será visible.
Dejo aquí un link a las palabras textuales de D. Marcelino sobre Lacunza: https://millenarismus.blogspot.com/2016/09/menendez-y-pelayo-sobre-lacunza.html
B. Sobre la acusación de falsarios que nos hace Isaac porque provocamos división.
Isaac nos acusa de ser “falsos” porque provocamos división.
Sigue diciendo que dejará abiertos los comentarios a su vídeo en directo para que cualquier aludido pueda defenderse en el acto, para desdecirse a continuación explicando que los va a cerrar porque no puede hacerse cargo de que alguien ponga algo que contradice la doctrina católica. ¿Cómo puede entonces alguno de los aludidos defenderse? Todo es un contrasentido.
Pues bien, llega un momento en su vídeo en que Isaac lee un comentario de alguien que, en el chat de su canal, dice algo muy coherente: “No cabe la unidad en el error”. Algo que él interpreta al revés. Y es que el comentarista anónimo tiene toda la razón. ¿O acaso pretende Isaac que yo apoye a Adoración y Liberación o a Henry cuando dicen que no hay que ir a Misa porque allí ya no hay transubstanciación, desde que Bergoglio usurpó el trono de Pedro? ¿O acaso quiere que le dé la razón a Mauricio, Arturo o Agustín, que defienden el arrebatamiento pretribulacional? Respecto a ellos podría decir, con Aristóteles, “Amicus Plato, sed magis amica veritas”. Lo mismo que podemos decir de Isaac, por cierto.
Porque Isaac no se da cuenta de que la unidad debe ser siempre en la Verdad. Y que si alguien se aparta de ella, lo lógico es no unirse a ellos en el error, algo que la Santa Iglesia católica ha hecho durante 2000 años, excomulgando y separando de ella a todos los herejes y apóstatas que han sido. Según el razonamiento de Isaac, esto no debería haberlo hecho la Iglesia, y esa separación respecto de los herejes sería, para él, signo de que la Iglesia no está en la verdad. ¿Cómo se puede decir eso? ¿Cabe mayor confusión mental?
Indica también Isaac que en el vídeo en que refutamos el arrebato tribulacional (que él también niega, gracias a Dios) damos opiniones y no doctrina. Pero todo lo que hacemos en el vídeo es recordar la doctrina católica sobre el arrebatamiento, tanto en el Catecismo como en Santo Tomás de Aquino, la misma Biblia y la Tradición. ¿En qué quedamos? Y nos echa en cara, por hacer el vídeo, que somos laicos, como si los laicos, por serlo, carecieran de autoridad. Ciertamente no somos nada, y por eso nos remitimos a la autoridad de la Iglesia.
- Grave error de Isaac: Parece olvidar que el Índice fue derogado por Pablo VI en 1966, al igual que sus excomuniones y censuras.
Todo el vídeo de Isaac es una repetición machacona de la misma idea: que el libro de Lacunza tiene 4 condenas por parte del Santo Oficio y de la Inquisición y que, por tanto, quien tenga un ejemplar de ese libro o lo haya leído está incurso en excomunión.
Esto es una barbaridad, desde el punto de vista teológico y canónico. El Index Librorum Prohibitorum o Índice de Libros Prohibidos fue iniciado en 1564 por el papa Pío IV, en un contexto de alta sensibilidad de nuestra amada Madre, la Iglesia Católica, de reacción contra el protestantismo, tras el Concilio de Trento, y estuvo vigente cuatro siglos, siendo finalmente derogado por el papa Pablo VI, en 1966.
El Índice tuvo sentido. La censura es una palabra que tiene mala prensa en las mentes democráticas contemporáneas. Pero el amor a la Verdad exige, ciertamente, odio a la mentira. Tanto más en materias como las religiosas, donde se pone en juego el alma de las personas.
Al instituir un Índice de Libros prohibidos la Iglesia tomó el ejemplo de los Hechos de los Apóstoles y de las predicaciones de San Pablo. Cuando como consecuencia de las predicaciones de Pablo en Éfeso los paganos se convertían, levantaron delante del apóstol de los gentiles una pila para quemar los numerosos libros de supersticiones (Hechos 19,19). Sin duda, los nuevos cristianos movidos por la gracia de la palabra apostólica lo hicieron espontáneamente pero su acción fue aprobada por el mismo San Pablo, que lo convierte en ejemplo digno de imitación, como hace constar el autor de los Hechos.
De esta quema de libros en Éfeso, así como de la segunda Epístola de San Pedro y las Epístolas de San Pablo a Timoteo y a Tito, aparece claramente que los Apóstoles juzgaban duramente los libros perniciosos. En concordancia con el Apóstol de los gentiles (Tito 3, 10), San Juan exhortaba muy enfáticamente a rechazar a los maestros heréticos (2 Juan 1, 9 y ss.).
Sin embargo, la eliminación del Índice por el Papa Montini supuso también la eliminación de todas las censuras, prohibiciones y excomuniones latae sententiae a él unidas, como indica el Comunicado de la Sagrada Congregación para la Doctrina de la Fe el 14 de junio de 1966, firmado por el Card. Ottaviani, pro-Prefecto de la misma, que copio, y que puede consultarse aquí:
En este Documento se indica que:
“Pero, al mismo tiempo, ya no tiene fuerza de ley eclesiástica con la censura anexa”, con lo que desaparecen todas las censuras, prohibiciones y excomuniones latae sententiae a él unidas”.
Isaac parece ignorar este dato. Por lo tanto, desde 1966, ya no está excomulgado el que posea o lea el libro de Lacunza, porque el Índice está derogado. Como tampoco lo estaba el que tuviera el libro con posterioridad al Comunicado del Santo Oficio de 11 de julio de 1941, la última censura recaída sobre el Libro y, por tanto, la que estuvo vigente hasta la desaparición del Índice, pues en ella sólo se indica que la doctrina de Lacunza “no se puede enseñar con seguridad”, es decir, como cosa cierta.
Lógicamente, el Comunicado del Card. Ottaviani de 14 de junio de 1966, dando por extinguido el Índice, indica que ello no obsta para entender que “sigue siendo moralmente vinculante, a la luz de las exigencias de la ley natural, en la medida en que amonesta a la conciencia de los cristianos de estar alerta ante aquellos escritos que puedan poner en peligro la fe y la moral”. Es decir, advierte a los católicos para que tengan cuidado con aquellos libros que estaban incluidos en el Índice a fecha de 1966. Pero ésta es una advertencia moral, orientativa, no jurídica. Por tanto, no peca el católico que lea un libro incluido en el Índice, quedando a su libre conciencia y a su formación el cuidarse de no caer en los posibles errores que contuvieran.
Incurre de nuevo Isaac en otra flagrante contradicción: constantemente expresa que se sujeta a las enseñanzas de la Iglesia y ataca a los que, según él, no lo hacemos porque damos opiniones personales sobre el milenarismo. Sin embargo, él mismo parece desentenderse de la Iglesia del Concilio Vaticano II y al propio Pablo VI pues le echa en cara haber eliminado el Índice, y hace una acusación sumaria de la Iglesia del postconcilio, como si fuera herética o errática. Incluso llega a decir que cualquier libro puede acabar teniendo un Imprimatur o un Nihil Obstat, despreciando la autoridad de los sucesores de los apóstoles. ¿En qué quedamos?
La coherencia exige que, si somos católicos, nos sometamos al juicio de los obispos y de los cardenales, y aceptemos sus Concilios, siempre que no manden nada contrario a la fe y a la moral, y que se unan a la doctrina y tradición de la Iglesia. Me temo que el creciente lefebvrismo o filolefebvrismo de Isaac le haga pensar que la Iglesia conciliar o postconciliar no merece obediencia.
Sobre este tema, piedra de tropiezo del lefebvrismo y del filolefebvrismo, animo a leer mi artículo al respecto.
Y es que Isaac parece olvidar que Juan XXIII, Pablo VI, Juan Pablo I, Juan Pablo II y Benedicto XVI fueron atacados a muerte por el modernismo y la masonería, y digo esto literalmente, porque todos ellos recibieron intentos de asesinato, y sus Encíclicas declaradas fundamentalistas por masones y modernistas.
- Isaac le atribuye al Índice de Libros Prohibidos carácter de inerrancia.
Isaac hace bien en citar la prohibición de la Sagrada Congregación del Índice al libro de Manuel Lacunza, que ahora explicaremos. Pero saca una consecuencia teológicamente incorrecta de ello: todos los libros incluidos en el Index son heréticos.
Esto no es correcto. Las obras se incluían en el Índice por diversas razones: unas, por ser heréticas, ciertamente las menos; otras, por ser inmorales; la mayoría, por ser “perniciosas para la fe”, como era muy posiblemente el caso del Libro de Lacunza, como se ha explicado.
Prueba de ello, que parece ignorar Isaac, es que la Iglesia incluyó en su Índice libros absolutamente libres de herejías, como los siguientes:
a. El Diario de la Divina Misericordia, de la monja polaca Santa Faustina Kowalska.
Pío XII la incluyó en el Índice, no porque fuera herético sino porque pensaba que, en las manos equivocadas, la Divina Misericordia podría llevar a muchos católicos a no valorar adecuadamente la Divina Justicia. Lo mismo se hizo por el Santo Oficio en el reinado de Juan XXIII, emitiendo por dos veces condenas contra los escritos de la Divina Misericordia. La primera, en una sesión plenaria celebrada el 19 de noviembre de 1958. En esos Comunicados, el Santo Oficio indicaba que “no hay evidencia del origen sobrenatural de estas revelaciones, que no se debía instituir ninguna fiesta de la Divina Misericordia y se prohibía difundir escritos que difundan esta devoción bajo la forma recibida por Sor Faustina, así como la imagen típica de la misma”. La segunda fue del 6 de marzo de 1959, del Santo Oficio, por orden del Papa Juan XXIII, repitiendo la primera.
Evidentemente, todo libro, en manos equivocadas, puede ser objeto de malas interpretaciones.
Finalmente, otro Papa, Juan Pablo II, anticipando su encíclica “Dives in misericordia”, puso en marcha la canonización de Sor Faustina y la institución de la fiesta del domingo de la Divina Misericordia, aclarando las dudas existentes, y, siguiendo la literalidad de los escritos de Santa Faustina, expresó que la Divina Misericordia que Cristo le hizo ver a Santa Faustina deriva del arrepentimiento y de la confesión y que quien no quiera pasar por la puerta de la Misericordia deberá pasar por la puerta de su Justicia.
¿Dirá, pues, Isaac que quien haya leído el libro de Santa Faustina incurre en excomunión, porque estaba en el Índice justo hasta que Pablo VI lo eliminó? No debería, ciertamente, no sólo porque el Índice ya está derogado, junto con sus condenas, sino porque su inclusión en él no siempre expresa una declaración formal de herejía, sino un peligro para la fe si no se aclara debidamente su sentido.
Por cierto, gran parte del lefrebvrismo y del filolefebvrismo siguen diciendo que los escritos de Santa Faustina son heréticos. ¿Lo piensa también Isaac, en contra del parecer de la Iglesia?
b. Mística Ciudad de Dios.
Su autora fue la monja mística española del s. XVII Sor María Jesús de Ágreda. Por cierto, una obra muy querida por mí porque su lectura ayudó mucho a mi conversión.
Su inclusión en el Índice de Libros prohibidos se debió a que se dudaba de la autenticidad de las revelaciones recibidas por la monja, no de su ortodoxia. La Inquisición española lo condenó en 1672, luego el Santo Oficio en 1681, y hasta la Universidad de París Sorbona en 1696. Los doctores de la Sorbona lo rechazaron por su devoción «exagerada» a la Madre de Dios debido a sus «doctrinas escocesas».
Nunca se hizo un estudio exhaustivo del texto original ni le dieron a la monja española audiencia para su defensa.
Los franceses jansenistas estaban detrás de la condena. Se incluyó su obra en el Índice de libros prohibidos en 1713. En un artículo en L’Universe, París, 1859, Don Próspero Guéranger protestó amargamente por las irregularidades de los procedimientos de la condena de la Sorbona: «¡Sus opositores llamaron a María de Agreda una luterana! Pues las reglas de la Facultad eran ¡ignoradas!». Luego citó a los profesores de la Sorbona que lo respaldaron para protestar contra la decisión y que declararon abiertamente que el proceso había sido escandaloso y brutal, violando las formalidades esenciales. Concluyó su examen declarando su condena «completamente injusta, completamente nula». Afortunadamente se sacó del Índice posteriormente.
c. Poema del Hombre-Dios, de María Valtorta.
Ingresó en el Índice de Libros prohibidos en 1959. Y ahí se quedó hasta que Pablo VI abolió el Índice en 1966. El libro carece de frases heréticas, como han dicho todos los teólogos ortodoxos. Su inclusión en el Índice pretendía profundizar en su estudio, debido a su extensión enorme. Prueba de su ortodoxia es que Juan Pablo II incluyó en el Santo Rosario los Misterios luminosos porque así se los reveló Cristo a la vidente italiana. ¿Está también Isaac en contra de este libro y de los misterios luminosos, como suele hacer el lefebvrismo-filolefebvrismo?
Otros muchos libros obras de santos, beatos y venerables fueron puestos en algún momento en el Índice, como algunos de San Francisco de Borja, San Juan de Ávila, Fray Luis de Granada, etc, que no lo fueron por heterodoxos, evidentemente, sino, como indica el mismo Índice de Libros Prohibidos, “porque contienen citas de otros autores, o incluso porque no es conveniente que ciertas tesis sean accesibles en lengua vulgar”.
Es, por cierto, exactamente lo mismo que le pasó a la obra de Lacunza, porque profesa el milenarismo espiritual y los fieles menos preparados corren el riesgo de deslizarse hacia el carnal.
Hay que recordar que San Jerónimo tampoco reprobaba el milenarismo espiritual y así lo dice en el Cap. XIX de su Comentario a Jeremías:
“Opinión que aunque no sigamos, con todo no podemos reprobar, porque muchos varones eclesiásticos y mártires la siguen, y cada uno abunda en su sentido, y todas estas cosas reservamos al juicio del Señor”.
La inclusión del libro de Lacunza en el Índice no es una declaración de herejía, repetimos, que no se hace formalmente, sino por el peligro de que los menos formados puedan acabar profesando el milenarismo carnal o quiliástico.
Incluso el obispo Félix Torres Amat, renombrado traductor de la Vulgata al español, en una nota al capítulo 20 del Apocalipsis, recomienda la lectura de la obra del P. Lacunza como «digna que la mediten los que particularmente se dedican al estudio de la Escritura, porque da luz para la inteligencia de muchos textos oscuros», pero sin defender a los milenaristas puros o espirituales, con la siguiente advertencia:
«pero no miro conveniente que la lean aquellos cristianos que sólo tienen un conocimiento superficial de las verdades de la Religión, por el mal uso que pueden hacer de algunas máximas que adopta el padre Lacunza».
Como vemos, una vez más, la razón de las “condenas” del libro de Lacunza no derivaban de su heterodoxia: condenar el milenarismo espiritual sería serrar el tronco de la Iglesia, los tres primeros siglos de la misma, la Didajé, la literalidad de la Biblia y las propias palabras de San Juan Evangelista, que se las había escuchado a Cristo, como explicó San Policarpo, que se las había oído a su maestro, información valiosísima que puso por escrito San Ireneo de Lyon.
Incluso Santa Teresa, San Juan de la Cruz (el libro Luz de la noche oscura, del padre Antonio de Rojas, que copiaba su Noche oscura del alma, fue incluido en el Índice) y Fray Luis de León fueron investigados. Libros de Blaise Pascal, o la Revista Action française o de Juan de Mariana y de Arias Montano, de Góngora y Quevedo (sacerdotes ambos) llegaron a estar incluidos en el Índex.
– Recientemente, incluso la obra magna del padre Dolindo Ruotolo, amigo personal del padre Pío, que le tenía por santo, fue incluida en el Índice. Ruotolo fue autor de un comentario bíblico de diez mil páginas, en 33 libros «La Sacra Scrittura», escrito con el pseudónimo Dain Cohenel, que el 20 de noviembre de 1940 fue incluida en el Índice de Libros Prohibidos.
Como se ve, muchos santos han visto sus libros incluidos en el Índice, y Dios lo permite como prueba de paciencia y de humildad, utilizando a su Iglesia como un ariete contra ellos. Pero debe quedar claro que la inclusión en el Index no siempre significaba heterodoxia de un libro, sino de cierto peligro o precaución para los católicos. Porque los libros que eran heréticos eran directamente declarados como tales, como ocurrió con los de Lutero y el resto de los cabecillas protestantes.
- La “condena” al libro del padre Manuel Lacunza, la “Venida del Mesías en gloria y majestad”, por parte de la Congregación del Índice. Las dos no condenas de la Sagrada Congregación del Santo Oficio.
Habiendo quedado claro que las censuras sobre libros prohibidos se extinguieron en 1966 y que la mayoría de los libros incluidos en el Índice no lo fueron por heréticos sino por perniciosos, analicemos ahora brevemente las cuatro decisiones que, desde el Vaticano, recayeron sobre el conocido libro del sacerdote chileno.
A. Condena de la Sagrada Congregación del Indice, por Decreto de 5 de Septiembre de 1824, bajo el Pontificado de León XII.
Confirmó el promulgado por la Inquisición española, en los siguientes términos: «La venida del Mesías en gloria y Majestad. Observaciones de Juan Josafat Ben Ezra, hebreo cristiano, dirigido al Sacerdote Cristófilo (el verdadero nombre del autor es Manuel Lacunza), obra póstuma. En todo idioma. Decreto 6 de Septiembre de 1824. Condenó y condena, proscribió y proscribe».
Como se ve, no se indican las razones de la prohibición. Sospechamos, como hemos expresado arriba, que tampoco la Sagrada Congregación del Índice prohibía el libro como de doctrina contraria a la fe católica, sino por razones extrínsecas, por las cuales se juzga perjudicial o inoportuna la publicación que en otras circunstancias no hubiera ofrecido inconveniente alguno. En concreto, porque los fieles de la época no serían capaces de distinguir entre el milenarismo carnal o quiliástico y el espiritual.
Nótese una cosa: se trata de una condena de la Congregación del Índice. Hay una diferencia marcada entre ella y la Congregación del Santo Oficio, pues mientras que ésta está encargada de la tutela de la doctrina de la fe, de las costumbres y del juicio sobre herejías, la del Índice examinaba diligentemente todos los libros que se delataran, procuraba inquirir por propio oficio y por los medios más oportunos si se hubiesen editado libros de cualquier género que debieran ser condenados, y si fuese conveniente, prohibirlos.
Según esto la inserción en el Índice no significaba, de suyo, que la Congregación del Santo Oficio condenara una doctrina sino que muchas veces se limitaba simplemente a prohibir su lectura por variedad de causas y motivos, ya porque no es oportuna la publicación o porque pudiera ser peligrosa, o quizá producir escándalo o por temor a los abusos que pudieran seguirse; más cuando las justas razones que motivaron la prohibición cesaban en algún tiempo, o sobrevenían circunstancias nuevas, sucedía muchas veces que un libro era excluido del Índice y entraba en plena circulación.
Así ocurrió con la obra del padre Lacunza, porque, efectivamente, en el Índice de libros prohibidos editado por mandato del Papa León XIII, del año1901, no estaba incluida la obra del P. Lacunza”. Aunque sí volvió a estarlo en la edición siguiente, de 1907.
B. Condena de la Inquisición española, por Decreto de 15 de enero de 1879
El Decreto aparece firmado por don José Mata Linares, don Gregorio Mohamed, don Marcos Fernández Alonso, don Manuel Alonso y Velasco, Secretario. El texto dice así. “El Inquisidor de acuerdo con los del Consejo y Real Permiso manda recoger La Venida del Mesías en gloria y Majestad y que no pueda venderse, leer, retener, pena de excomunión mayor latae sententiae y doscientos ducados para gastos del Santo Oficio hasta tanto que por el mismo se alce esta prohibición».
Parece ser que la razón de la inclusión de la obra en el Índice de la inquisición española no era tanto por su heterodoxia sino porque su doctrina del Reino en la Tierra, que recoge la Biblia en varias partes, podría alentar a las naciones hispanoamericanas a su independencia. Esto es bastante plausible porque D. Manuel Belgrano adoptó el libro y mandó imprimirlo desde Londres, al tiempo que exacerbaba los ánimos contra las tropas realistas españolas, expresando varias veces que la obra era la prueba de que el talento de los americanos era sin duda superior al de los españoles:
“Principiaba á tratarse de esto con el mayor empeño, quando he aquí que inesperadamente me veo en la necesidad de pasar á la corte de Londres. Desde el punto que resolví mi viage á este destino resolví también hacer á mis compatriotas el servício de imprimir, y publicar una obra que aun quando no hubiese otras, sobraria para acreditar la superioridad de los talentos Americanos”…
C. Comunicado del Santo Oficio, que no condena, de 11 julio de 1941.
Dice así:
“Excmo. y Revdmo. Sr.:
Se ha recibido en este Santo Oficio la carta número 126/40, de 22 de abril de 1940, en que V. E. daba noticia de que en esa archidiócesis había quienes defendían el sistema de los milenaristas espirituales y que cada día iba en aumento el número de los admiradores de tal doctrina y de la obra del P. Lacunza Venida del Mesías en gloria y majestad. Al mismo tiempo, V. E. pedía a la Santa Sede las normas oportunas.
Llevado el asunto a la reunión plenaria del miércoles día 9 de este mes, los Emmos. y Revdmos. Cardenales de esta Suprema Sagrada Congregación mandaron responder:
El sistema del milenarismo aun mitigado —o sea, del que enseña que, según la revelación católica, Cristo Nuestro Señor ha de venir corporalmente a reinar en la tierra antes del juicio final, previa la resurrección de muchos justos o sin ella— no se puede enseñar con seguridad.
Así, pues, apoyándose en esta respuesta y en la condenación ya hecha por este Santo Oficio de la obra del P. Lacunza, V. E. procurará vigilar cuidadosamente para que dicha doctrina bajo ningún pretexto se enseñe, propague, defienda o recomiende, sea de viva voz, sea por cualquier escrito.
Para conseguirlo podrá emplear V. E. los medios necesarios no sólo de persuasión, sino también de autoridad, dando, si fuere oportuno, las instrucciones que fueren necesarias a los que enseñan en el seminario y en los institutos.
Y si surgiere algo de mayor gravedad, no omita V. E. comunicárselo al Santo Oficio.
Aprovecho la ocasión para testimoniarle el sentimiento de mi estimación y quedo de V. E. afectísimo, F. Card. Marcchetti Selvaggiani. — Excmo. y Revdmo. Sr. D. José M. Caro Rodríguez, arzobispo de Santiago de Chile.”
Aquí tropieza Isaac.
Como se ve, aquí no estamos ante una condena del libro, pues de ello no se deriva excomunión para el que lo posea o defienda esa doctrina, sino solo de una censura: se indica que esa doctrina, incluso la del milenio mitigado, “no se puede enseñar con seguridad”. Y como consecuencia de ello se pide que se vigile su enseñanza.
Como se ve, el Santo Oficio, que es la Congregación que velaba por la sana doctrina, no repite la condena de excomunión que la Congregación del Índice había emitido en 1824 y ello porque sabe que esa doctrina es católica, y la profesó San Juan Evangelista y sus sucesores, como bien explica San Ireneo de Lyon, y porque es la que viene reflejada literalmente en la Biblia.
Por eso no la condena sino que solo indica, repetimos “que no se puede enseñar con seguridad”, es decir, como 100% cierta o segura, porque la Iglesia, desde San Agustín, por consejo de San Jerónimo, comienza una interpretación distinta de la literalidad de la revelación, por miedo a que los católicos se pasen al bando judaizante de Cerinto, es decir, al milenarismo carnal o quiliástico, que, en resumidas cuentas, esperan una revancha política y sensual del judaísmo contra el poder del cristianismo político.
Nótese que lo que el Santo Oficio considera como no seguro, y lo llama milenarismo espiritual o mitigado es que Cristo gobernará en el mundo de forma corporal antes de la Parusía. Esto fue una metedura de pata gigante del Santo Oficio, pues alguien les hizo caer en la cuenta de que Cristo, efectivamente, reina corporaliter en la Eucaristía, desde su Ascensión a los Cielos.
Agustín se mostró contrariado por tener que crear esa nueva interpretación, propuesta por San Jerónimo, pues indica en su Comentario al Apocalipsis que es una mera opinión personal y que va contra la interpretación de los Padres de la Iglesia. La enorme presión que San Jerónimo ejerció sobre él le torció la mano, y el mismo prestigio suyo como doctor de la Iglesia hizo que, desde entonces, la Iglesia se olvidara de la que fue la interpretación auténtica y correcta del Apocalipsis, por miedo a contagiarse del quiliasmo, olvidando la doctrina milenarista espiritual profesada por los apóstoles (que de seguro escucharon a Cristo al respecto) y el mismo San Juan y sus sucesores hasta entonces, con base en la Biblia. Y ello porque al desechar el milenarismo carnal de Cerinto San Agustín y la Iglesia posterior enterraron también la sana doctrina del milenarismo original o espiritual, que fue la interpretación constante desde Cristo hasta el s.V. Y así, dijo San Agustín:
“la cual opinión sería de algún modo tolerable, si se creyera que en aquel reinado solamente gozarán los santos delicias espirituales por la presencia del Señor, pues yo también pensé en otro tiempo lo mismo; pero afirmar que los que resuciten se entregarán a excesivas viandas carnales, y que es mayor de lo que puede creerse la abundancia y el modo de las bebidas y manjares, a esto no pueden dar ascenso sino los mismos hombres carnales, a quienes los espirituales llaman Quiliastas, nombre que trasladado literalmente del griego, significa Milenario” (palabras de San Agustín en referencia al milenarismo espiritual o prístino).
La interpretación alegórica realizada por San Agustín en su libro XX es ciertamente desdichada, porque al hacerlo tiene que contradecir la interpretación literal de la Biblia y acaba elaborando una
“suma de sutilezas, juegos dialécticos y distorsiones (incluida una mutación del texto sacro) que necesita San Agustín para dar algún sentido en este supuesto alegórico a las palabras llanas del apóstol San Juan; y no sabrán que el mismo Agustín al final del Libro XX dice que la da como opinión personal y que él no sabe si es la explicación definitiva, en el número 5 del capítulo XXX; mientras muchos dellos buscan dárnosla como definitiva, e incluso de fe; de modo que el que no la tenga sea hereje”. (FLORENTINO ALCAÑIZ y LEONARDO CASTELLANI, La Iglesia Patrística y la Parusía, ed. Paulinas, Bs. As. 1962, pág. 332).
El padre Florentino Alcañiz, jesuita castellano de Cuenca se hizo amigo del padre Leonardo Castellani tras ser enviado a misiones a Buenos Aires y escribieron juntos ese excelente libro. Ambos fueron perseguidos y denostados por ello. El maestro de D. Florentino, el padre José Rovira escribía en la Enciclopedia Espasa Calpe, en la voz “Parusía”, que aún hoy puede leerse:
“En este punto los milenaristas fundándose en el Apocalipsis (XX, 1-9), admitieron después de la muerte del Anticristo un reino de Cristo y de los santos que había de durar mil años. Pero los milenaristas eran de dos clases. El milenarismo herético y judaizante, cuyo fundador fue Cerinto, de los que admitían un reino de Cristo terreno con placeres y deleites materiales y sensuales, o así mismo un reino judaizante en el que se restablecería la circuncisión y los sacrificios, ritos y ceremonias de la ley mosaica. El otro milenarismo admitía un reino espiritual de Cristo y de los santos en la tierra que habría de durar mil años. Este otro milenarismo, aunque no fue universalmente admitido, estuvo con todo muy extendido en los primeros siglos de la Iglesia. Y así, milenaristas fueron san Papías…, san Ireneo…, san Justino mártir…, san Victorino mártir…, san Metodio…, san Zenón… y otros. Verdad es entonces que otros Santos Padres no admiten el milenarismo y aun positivamente lo rechazan y combaten, pero, en general, atacan y combaten el milenarismo terreno y carnal o el judaizante, más no el de Ireneo y Papías. (…) Dos cosas son también dignas de notarse. La primera es que la Santa Iglesia nunca ha reprobado positivamente el milenarismo de los Santos Padres y mártires de que habla san Jerónimo. La segunda: que los milenaristas más antiguos como fueron Papías e Ireneo, transmiten esta doctrina del reino milenario no puramente como fruto de sus interpretaciones escriturísticas, sino como enseñanzas recibidas de los Apóstoles y de los varones apostólicos” (págs. 440-441).
D. Comunicado del Santo Oficio, que no condena, de 21 de julio de 1944.
Dice así:
“En estos últimos tiempos se ha preguntado más de una vez a esta Suprema Sagrada Congregación del Santo Oficio qué se debe pensar del sistema del milenarismo mitigado, que enseña que Cristo Nuestro Señor antes del juicio final, previa la resurrección de muchos justos o sin ella, ha de venir visiblemente a reinar en esta tierra.
Propuesto el asunto a examen en la reunión plenaria del miércoles 19 de julio de 1944, los eminentísimos y reverendísimos señores cardenales encargados de la tutela de la fe y de las costumbres, oído previamente el voto de los reverendos consultores, decretaron responder que el sistema del milenarismo mitigado no se puede enseñar con seguridad.
Y el día siguiente, jueves 20 del mismo mes y año, nuestro Santísimo Padre Pío, por la divina Providencia Papa XII, en la acostumbrada audiencia concedida al excelentísimo y reverendísimo asesor del Santo Oficio, aprobó, confirmó y mandó publicar esta respuesta de los eminentísimos Padres.
Dado en Roma, desde el Palacio del Santo Oficio, a 21 de julio de 1944.—J. Pepe, notario de la Suprema Sagrada Congregación del Santo Oficio”.
Tres años después de su Comunicado de 11 de julio de 1941 el Santo Oficio rectifica su grave error anterior, pues decía que no era segura la doctrina de que Cristo habría de reinar corporalmente antes del Juicio Final. Como quiera que Cristo sí reinaba y reina corporalmente desde la Eucaristía, el Santo Oficio se enmienda a sí mismo y dice tres años después que lo que no es seguro enseñar es que Cristo reinará “visiblemente” (visibiliter) antes del Juicio Final.
Como se ve, la Congregación del Santo Oficio se suaviza respecto a la anterior, porque ya no dice que se procure vigilar cuidadosamente para que dicha doctrina bajo ningún pretexto se enseñe, propague, defienda o recomiende.
Además, como se ve, tampoco estamos ante una condena, como dice Isaac, porque no se anuda una excomunión al que profese o enseñe dicha doctrina. Nos remitimos a las reflexiones que hicimos arriba al hilo del Comunicado del Santo Oficio anteriormente explicado, el de 11 de julio de 1941. Es decir, no podía condenarlo porque es doctrina católica tradicional. Y ello aclara todo el problema del libro de Lacunza: el Santo Oficio, Congregación encargada de velar por la pureza de la doctrina, no puede condenar dicha doctrina porque no es herética. Se limita a decir que no se puede enseñar con seguridad, claro, porque puede llevar a la herejía quiliástica a los poco formados en la teología.
- ¿Se atreverá Isaac a enmendarle la plana a la Santísima Virgen María?
La Virgen María le explicó el Apocalipsis al padre Gobbi, desde 1973 a 1997, advirtiéndole de que estábamos entrando en el fin de los últimos tiempos. Le habla de la usurpación del papado, del Anticristo, de la vuelta del Dragón rojo del comunismo, de la apostasía de la fe, etc. Fundó el Movimiento Sacerdotal Mariano, al que perteneció incluso el Papa Juan Pablo II (que es su patrón). Pues bien, estas locuciones, muy queridas y seguidas por cardenales, obispos y sacerdotes, y laicos en todo el mundo, cuentan con Imprimatur, dado por D. Bernardino Echevarría, arzobispo emérito de Guayaquil, de 29 de junio de 1995, que reza así:
“Después de haber leído y después de haber meditado profundamente acerca de los mensajes que la Santísima Virgen ha hecho llegar al R.P. Stefano Gobbi, considero un privilegio no solamente poder dar el Imprimatur para la edición de este libro, sino también poder aprovechar de esta oportunidad para recomendar la lectura de estos mensajes que contribuirán a extender la devoción a la Santísima Virgen María.
San Marino 29 de Junio de 1995, Fiesta de S. Pedro y San Pablo.”
Pues bien, en varias de esas locuciones, la Virgen expresa claramente de muchas formas distintas que cuando Cristo venga en gloria y majestad en su Parusía, echando vivos al falso profeta y al anticristo al fuego eterno, traerá su reino a la Tierra, que será transformada en nuevos Cielos y nueva Tierra, con una naturaleza transfigurada y perfeccionada, una vuelta al Paraíso original, al plan de Dios para los hombres hasta que Adán y Eva cometieron el pecado original. La nueva Jerusalén celestial, que baja del Cielo a la Tierra (Apocalipsis 21 y 22). Cristo reinará desde la Eucaristía, de una forma especial, más sensible. No dice, por tanto, que reine visiblemente.
Hay decenas de estos mensajes.
Me limitaré a poner alguno de ellos.
Valdragone de San Marino 3 de julio de 1987.
“Éstos son los tiempos del gran retorno. Sí, después del momento del gran sufrimiento seguirá el momento del gran renacimiento y todo volverá a florecer. La humanidad volverá a ser un nuevo jardín de vida y de belleza, y la Iglesia una familia iluminada por la Verdad, nutrida por la Gracia, consolada por la presencia del Espíritu Santo. Jesús instaurará su Reino glorioso: Él estará con vosotros, y conoceréis los nuevos tiempos, la nueva era. Veréis finalmente una nueva tierra y unos nuevos cielos”.
Rubio (Vicenza), 21 de agosto de 1987 Memoria litúrgica de San Pío X.
“La venida del Reino glorioso de Cristo coincidirá con el mayor esplendor de la Eucaristía.
Cristo instaurará su Reino glorioso con el triunfo universal de su Reino Eucarístico, que se desarrollará con toda su potencia y tendrá la capacidad de cambiar los corazones, las almas, las personas, las familias, la sociedad, la misma estructura del mundo.
Cuando haya instaurado su Reino Eucarístico, Jesús os conducirá a gozar de esta su habitual presencia, que sentiréis de manera nueva y extraordinaria, y os llevará a experimentar un segundo, renovado y más bello Paraíso terrenal.”
Dallas (Texas) U.S.A., 1 de noviembre de 1990. Fiesta de todos los Santos. El Paraíso se unirá con la tierra.
“En la hora de la gran prueba el Paraíso se unirá con la tierra. Hasta el momento en que se abrirá la puerta luminosa, para hacer bajar al mundo la gloriosa presencia de Cristo, quien instaurará su Reino en el cual se hará la Voluntad Divina de manera perfecta, así en la tierra como en el cielo.”
Sao Paulo (Brasil), 8 de diciembre de 1990 Fiesta de la Inmaculada Concepción.
“He sido escogida por la Santísima Trinidad para ser la Madre del segundo Adviento, y así mi misión maternal es la de preparar a la Iglesia y a toda la humanidad para recibir a Jesús que regresa a vosotros en gloria. Esta segunda venida suya, ocurrirá en la luz de su Divinidad, porque Jesús regresará a vosotros en las nubes del cielo, en el esplendor de su Realeza y someterá a los pueblos de la tierra; y todos sus enemigos serán aplastados bajo el trono de su dominio universal…”
Rubbio (Vicenza), 15 de agosto de 1991 Fiesta de la Asunción al Cielo de María Santísima. La nueva era.
“Es la Jerusalén Celestial, que baja del cielo a la tierra, para transformarla completamente y formar así los cielos nuevos y la tierra nueva.
La nueva era hacia la que estáis encaminados, lleva toda la creación a la glorificación perfecta de la Santísima Trinidad.
El Padre recibe su mayor gloria de cada criatura, que refleja su luz, su amor, su esplendor divino.
El Hijo instaura su Reino de gracia y de santidad, liberando a toda la creación de la esclavitud del mal y del pecado…
La nueva era que Yo os anuncio, coincide con el pleno cumplimiento de la Voluntad Divina, para que se realice finalmente lo que Jesús os ha enseñado a pedir al Padre Celestial: “Hágase tu voluntad así en la tierra como en el Cielo.”
Es el tiempo en el cual las criaturas cumplen el querer divino del Padre, del Hijo y del Espíritu Santo. Por el cumplimiento perfecto de la Voluntad Divina todo el mundo es renovado, porque Dios se encuentra como en su nuevo jardín del Edén, en el cual puede vivir en compañía amorosa con sus criaturas.
La nueva era que Yo os preparo, coincide con la derrota de Satanás y de su dominio universal.
Todo su poder es destruido. Es atado, con todos los espíritus malos y, encerrado en el infierno del cual no podrá salir para hacer daño en el mundo.
En éste, reina Cristo, en el esplendor de su cuerpo glorioso, y triunfa el Corazón Inmaculado de su Madre Celestial, en la luz de su cuerpo elevado a la gloria del Paraíso.”
San Marcos (Udine), 22 de noviembre de 1992 Solemnidad de Jesucristo Rey del universo. Oráculo del Señor.
“Jesucristo es Rey, porque pertenece a su divina misión retornar el universo creado a la perfecta glorificación del Padre, purificándolo con el fuego abrasador del Espíritu Santo, de modo que quede completamente liberado de todo espíritu del mal, de toda sombra de pecado y pueda de este modo abrirse al encanto del nuevo Paraíso terrestre.
Entonces el Padre será glorificado y su Nombre será santificado por todo lo creado.
En esta creación, renovada por una perfecta comunión de vida con el Padre, Jesucristo instaurará su Reino de gloria, para que la obra de su divina Redención pueda tener su perfecto cumplimiento.
El Espíritu Santo abrirá los corazones y las mentes, de modo que todos puedan cumplir la Voluntad del Padre y del Hijo, de modo que, así en el cielo como en la tierra sea perfectamente cumplida la divina Voluntad.
Para llegar a estos cielos nuevos y a esta tierra nueva, es necesario pasar a través de la dolorosa y sangrienta prueba de la purificación, de la gran tribulación y del castigo.
Mis predilectos e hijos consagrados a mi Corazón”
Sidney (Australia), 21 de Noviembre 1993. Solemnidad de Jesucristo Rey del universo. El Reino Glorioso de Cristo.
“El Reino Glorioso de Cristo se establecerá después de la completa derrota de Satanás y de todos los Espíritus del mal y con la destrucción de su diabólico poder.
Así será atado y arrojado en el infierno y será cerrada la puerta del abismo para que no pueda ya salir a dañar en el mundo.
En el mundo reinará Cristo.
—El Reino Glorioso de Cristo coincidirá con el triunfo del Reino Eucarístico de Jesús.
Porque en un mundo purificado y santificado, completamente renovado por el Amor, Jesús se manifestará sobre todo en el misterio de su presencia eucarística.
La Eucaristía liberará toda su divina potencia y será el nuevo sol, que reflejará sus rayos luminosos en los corazones y en las almas y después en la vida de cada uno, en las familias y en los pueblos, formando de todos un único redil, dócil y manso, del que Jesús será el único Pastor.
Hacia estos nuevos cielos y esta nueva tierra os conduce vuestra Madre Celestial que hoy os reúne de todas partes del mundo para prepararos a recibir al Señor que viene.”
- CONCLUSIONES
- El milenarismo espiritual no ha sido condenado nunca. Los comunicados del Santo Oficio de 11 de julio de 1941 y de 21 de julio de 1944 no son condenas, porque no acarreaban excomunión, sino que se limitan a decir que no se puede enseñar como segura la doctrina del milenarismo espiritual. Quien lo haga tiene que hacerlo como hipótesis, como hago yo mismo, y por tanto no peca, ni incurre en sanciones eclesiásticas.
- La condena de la Congregación del Índice de 5 de septiembre de 1824, que suponía excomunión, fue derogada por la supresión del Índice de Libros Prohibidos, por parte de Pablo VI, en 1966. Se suprimieron también las penas y censuras que dicho Índice acarreaba. Por tanto, quien posea actualmente o imprima el libro de Lacunza, no peca ni incurre en pena alguna, con la condición arriba indicada.
- La obra del sacerdote chileno Manuel Lacunza no fue incluida en el Índice por herética, sino por perniciosa o dudosa (como ocurría con muchos otros libros), ya que los católicos poco formados podrían no saber distinguir el milenarismo espiritual allí expresado (que entronca con los Padres de la Iglesia, la Didajé, la literalidad de la Biblia y la enseñanza de San Juan Evangelista y sus discípulos) del milenarismo carnal o quiliástico, éste sí herético. En el caso de la condena de la Inquisición española, también derogada en 1966, las razones políticas en contra de la Independencia de los países americanos parecieron pesar más que las intrínsecas.
- La Virgen María, en locuciones impresas con Imprimatur, le expresa varias veces al padre Gobbi que cuando su Hijo venga en gloria y majestad en su Parusía (que, por cierto, está muy próxima), instaurará en la Tierra su Reino, nuevos Cielos y nueva Tierra, con un solo rebaño y pastor, reino que será Eucarístico.
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Para saber más del milenarismo espiritual, aconsejo mi artículo anterior: https://comovaradealmendro.es/2018/05/04/la-interpretacion-tradicional-de-la-iglesia-sobre-el-reinado-de-cristo-tras-su-parusia-el-milenarismo-espiritual/
Muy completo. Magistral.
Muchísimas gracias.
Muy bien argumentado, es una pena que los paladines youtubers de la ortodoxia dejen tanto que desear, cada uno por diversas razones. Sólo una observación sobre la prohibición de la colosal obra de María Valtorta, no fue por dejarlo en suspenso para un mejor estudio, sino porque fue publicado imprudente por los valedores de la obra tras recibir mandato pero sólo verbal de Pio XII, sin pruebas jurídicas de tal mandato por tanto, imprudente porque debían haber contado con la enemiga de gente de la congregación del Indice que se vio desairada por no contar con ellos; de haber esperado unos pocos años todo habría ido muy bien, y ahora todo el mundo tiene en la cabeza el estigma de que fue obra inscrita en el Indice.