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POR QUÉ NO CABE APLICAR A FRANCISCO LA DOCTRINA DE LA ADHESIÓN DE LA IGLESIA UNIVERSAL A UN PAPA. RESPUESTA A MONS. SCHNEIDER, ROBERTO DE MATTEI, EDWARD PENTIN, ROBERT SISCOE, JOHN SALZA Y OTROS.

Antonio José Sánchez Sáez

Profesor Titular de Derecho Administrativo
Universidad de Sevilla

 

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1.-EL ORIGEN DE LA DOCTRINA DE LA “UNIVERSALIS ECCLESIAE ADHAESIO”

Parece evidente que en la Iglesia están aumentando las dudas entre cada vez más obispos y estudiosos del Derecho, entre los que me encuentro, sobre la validez del papado actual. La prueba es que en las últimas semanas varios autores han intentado salir al paso de ellas, sin alcanzar a conjurarlas del todo.

Enumeremos los principales:

1). Robert Siscoe: “Un hecho dogmático: la única doctrina que demuestra que Francisco es Papa (Primera Parte)”. https://adelantelafe.com/un-hecho-dogmatico-la-unica-doctrina-que-demuestra-que-francisco-es-papa-primera-parte/

2). Robert Siscoe: “For Each Objection, an Answer: Why Francis Is Pope” (Segunda parte)https://onepeterfive.com/objection-answer-francis-pope/

3). John Salza y Robert Siscoe: “Peaceful and Universal Acceptance of a Pope”. http://www.trueorfalsepope.com/p/peaceful-and-universal-acceptance-of.html

4). Robert Siscoe y John Salza: “Is Francis or Benedict the True Pope?”. http://www.trueorfalsepope.com/p/is-francis-or-benedict-true-pope.html.

5). Roberto de Mattei: “Un reflexión argumentada del porqué el Papa es uno y sólo uno, y no hay dos Papas en ejercicio”. https://www.religionenlibertad.com/vaticano/37633/un-reflexion-argumentada-del-porque-el-papa-es-uno-y-solo.html

6). Edward Pentin: “Debate Intensifies Over Benedict XVI’s Resignation and Role as Pope Emeritus”. https://edwardpentin.co.uk/debate-intensifies-over-benedict-xvis-resignation-and-role-as-pope-emeritus/

7). Mons. Athanasius Schneider: “Sobre la cuestión del papa verdadero”. https://www.infocatolica.com/?t=opinion&cod=37055

8). CATHOLIC FAMILY NEWS: “De Mattei Vs Socci. Aumenta la confusión”. https://religionlavozlibre.blogspot.com/207).19/01/de-mattei-vs-socci-aumenta-la-confusion.html 

9). Cristoph Strack: “Benedicto XVI y Francisco, «los dos papas». https://www.dw.com/es/benedicto-xvi-y-francisco-los-dos-papas/a-51991091

Todos ellos vienen a concluir que el papa es Francisco, sin albergar duda alguna. Y lo hacen usando, de manera unánime, la doctrina de la “Universalis Ecclesiae Adhaesio” (adhesión universal de la Iglesia).

Esa doctrina nació al calor de la muy discutible posición teológica en favor de la superioridad del Concilio sobre el Pontífice (conciliarismo) al hilo de la elección del papa Martín V en el Concilio de Constanza el 11 de noviembre de 1417, después de que en él se ordenase la deposición de los papas Benedicto XIII y Juan XXIII y la renuncia de Gregorio XII – que realizó válidamente, aceptando también la legitimidad de ese Concilio.

La elección de Martín V como papa cerró el Cisma de Occidente pero, comoquiera que después de su elección siguieron existiendo grupos opositores en Francia (avignonistas), Inglaterra (seguidores de John Wyclif), Bohemia (los husitas), Praga (seguidores de Jerónimo) España (el antipapa Pedro de Luna y sus seguidores) etc. el propio papa Martín V aprobó la Bula “Inter Cunctos” (“Entre todos”), el 22 de febrero de 1418,  para declarar herejes a todos los que no profesaran la fe católica contenida en dicha Bula, para lo cual el papa pedía que se le formularan a los seguidores de dichas herejías una serie de preguntas, para confirmar su ortodoxia o detectar su herejía. Una de las preguntas contenidas en esa Bula, recogida en el Denzinger en el numeral 1264, del “Interrogatorio para wyclifitas y husitas” era la siguiente: “Asimismo, si cree que el papa, canónicamente elegido, que en cada tiempo fuere, expresado su propio nombre, es sucesor del bienaventurado Pedro y tiene autoridad suprema sobre la Iglesia de Dios”.

Esa pregunta obedecía a que esos herejes rehusaban aceptar la legitimidad de un Papa, a menos que ellos lo aprobaran por sí mismos. Al hacerla, se les exigía creer que el papa elegido canónicamente en cada momento era el verdadero papa, sucesor de San Pedro y con autoridad suprema sobre la Iglesia de Dios. Nótese que, en realidad, con esa pregunta no se estaba afirmando que cualquier papa elegido por la Iglesia era el verdadero papa, sino el que lo fuera “canónicamente”. Por tanto, se excede de entrada Robert Siscoe al afirmar que esta Bula proclama la doctrina de la “Universalis Ecclesiae Adhaesio”. No es exactamente cierto, porque la aceptación de un papa, según la Bula de Martín, exigía que el papa fuera elegido “canónicamente”, interpretado ese adverbio en el sentido de que era necesario que se cumplieran los requisitos de su elección. Así fue interpretado siempre el concepto de papa válido, hasta ese momento.

De hecho, pasaron los siglos XV y XVI sin que se volviera a decir nada de ello. Por lo que podemos decir que el verdadero nacimiento de la doctrina de la adhesión pacífica y universal del papa como prueba de su validez fue elaborada en realidad en el s. XVII por Juan de Santo Tomás (en su “Curso teológico”, 1640). Y luego retomada y resumida por el Cardenal Louis Billot en la Tesis XXIX de su “Tractatus de Ecclesia Christi, sive, Continuatio theologiae de verbo incarnato”, vol. I, a principios del siglo XX (1). Y perfeccionada teológicamente en los siglos posteriores.

Nótese que la elección del papa Martín V necesitó de la previa deposición de dos papas y de la renuncia de otro. No habría cabido una nueva elección papal (la de Martín V) estando los otros tres “papas” vivos sin mediar la deposición de dos “papas” y la renuncia válida de otro más; es decir, si la elección hubiera sido “no canónica”.

La clave de la doctrina de la “Universalis Acclesiae Adhaesio” es la nueva interpretación que, desde el s. XVII, se hizo del adverbio “canónicamente”. Porque, ¿cómo saber si una elección había sido “canónica” a posteriori de la elección de un papa? Aquí es donde está el avance teológico real de esta doctrina, el “salto de fe”, dado por Juan de Santo Tomás, que realmente supone una mejor comprensión, por parte de la Iglesia, de cuándo una elección papal era válida. La explicación que da Juan de Santo Tomás sobre “elegido canónicamente” es que si una elección era aceptada universalmente por la Iglesia de manera pacífica, la elección era tenida por legítima y canónica. Es decir, la aceptación posterior de un nuevo papa por parte de la Iglesia “validaba” su elección. Juan de Santo Tomás no se limita a decir que el papa elegido canónicamente es el verdadero (como decía la literalidad de la Bula de Martín V), sino que va más allá y afirma que, aunque no hubiera sido elegido canónicamente, si ese para fuera aceptado por la Iglesia era el verdadero papa. Se observa, entonces, cómo este gran teólogo hizo un gran hallazgo teológico, pues añadió un elemento que, en puridad, faltaba en la Bula de Martín V: que la aceptación posterior de un papa por parte de la Iglesia sanaba incluso los vicios de una elección no canónica. Y que esa creencia es un acto de fe (de fide) (aunque no fuera propiamente materia de fe).

Pero, a continuación, Juan de Santo Tomás añadió otra reflexión que nos será muy valiosa para nuestra tesis: «Por lo tanto, tenemos la certeza de la fe, por una revelación implícitamente contenida en el Credo y en la promesa hecha a Pedro, y hecha más explícitamente en la definición de Martin V, y aplicada y declarada en acto (en ejercicio) por la aceptación de la Iglesia, que este hombre en particular, elegido canónicamente de acuerdo con la aceptación de la Iglesia, es papa.   La certeza de la fe toca esto soloy todo lo que sea un requisito previo (o por el contrario siga) al hecho de la elección, se considera como una conclusión teológica extraída de esa proposición de fide, que debe creer de manera mediata».

Es decir, conforme a Juan de Santo Tomás, lo único que debe ser creído de fide (esto es, de manera infalible) conforme a la doctrina de la “Universalis Ecclesiae Adhaesio” es que ese papa aceptado por la Iglesia es el papa verdadero. La mera aceptación por la Iglesia, pues, sana incluso una elección realizada no canónicamente. Pero no es de fide considerar que se hayan cumplido los requisitos previos o posteriores a la elección del pontífice, sino que esos requisitos deben darse por cumplidos solo de manera mediata o indirecta, por el simple hecho de que el pontífice fuera aceptado por la Iglesia. Volveremos después sobre esto.

Desde entonces esa doctrina ha sido seguida por la Iglesia de manera constante y universal.

El padre Lucio Ferraris, un siglo más tarde, lo explicaba de forma parecida: Mediante el simple hecho de que la Iglesia lo reciba como legítimamente elegido, Dios nos revela la legitimidad de su elección”, puesto que Cristo ha prometido que Su Iglesia nunca cometerá un error en materia de fe.

También el reverendo jesuita inglés Sydney Smith usó esa doctrina en respuesta al ataque que el pastor anglicano Dr. Littledale hizo a finales del s. XIX a la Iglesia católica, cuando éste decía que había habido muchos papas que no lo fueron en realidad por vicios en la elección (simonía, por tratarse de un hereje público antes o después de la elección, por elecciones dudosas o ilícitas, etc.) y que ello desaconsejaba vivamente unirse a la Iglesia católica. (2). Empleando la doctrina de la adhesión universal, el padre Smith echó por tierra de un plumazo las invectivas del pastor protestante, furibundamente anticatólico.

En las siguientes líneas vamos a intentar demostrar de manera sencilla que esa doctrina no es aplicable a la elección y aceptación como papa del Cardenal Bergoglio.

  1. LA DOCTRINA DE LA “ADHESIÓN UNIVERSAL DE LA IGLESIA” Y SU ALCANCE EN LA TEOLOGÍA CATÓLICA

Tradicionalmente, la doctrina de la adhesión universal de la Iglesia, tal y como fue explicada por el jesuita portugués afincado en España Juan de Santo Tomás y desarrollada por otros teólogos posteriores, servía para sanar de raíz los posibles vicios ocurridos en los electores o en el elegido, con ocasión de la elección de un nuevo papa.

Con esta doctrina se quiere significar algo esencial y unánimemente aceptado como magisterio de la Iglesia desde entonces: que cuando exista una pacífica y universal aceptación de un papa por la práctica totalidad de la Iglesia ello es señal infalible de que ese papa es válido. Esta doctrina deja descolocados y fuera de juego, por ejemplo, a los sedevacantistas y a otros grupos tradicionalistas del mismo corte.

Un excelente resumen de la doctrina de la “Universalis Ecclesiae Adhaesio” ha sido realizado por SALZA y SISCOE (3). Muchos teólogos consideran que esta doctrina es “de fide” porque la aceptación por la Iglesia de un nuevo papa es un hecho dogmático que, aunque no pertenece a la Verdad revelada en el depósito de la fe, sí se entiende derivado de ella y, por tanto, infalible. Veamos algunas de las conclusiones que se extraen de esa doctrina, tal y como ha sido expuesta y desarrollada en los últimos siglos:

  • Si los cardenales eligen al papa de una manera cuestionable, la Iglesia puede corregir esa elección, como hizo el Concilio de Constanza en su 41ª sesión. Se trata de una cuestión “de fide”. Tan pronto como la Iglesia acepta al papa recién elegido en un lugar concreto, sin contestación, o le va aceptando gradualmente, ese papa es verdadero. Tan pronto como los hombres ven o escuchan al papa y ven que su elección no ha sido impugnada, están obligados a creer que ese hombre es el papa y a aceptarlo (Juan de Santo Tomás, fraile dominico, Catedrático de filosofía y teología en la Universidad de Alcalá de Henares, 1589-1644).
  • Al aceptar a un papa de manera pacífica y universal la Iglesia nos dice que ese hombre es el papa, de fide, y que también es de fide que se cumplen en él las condiciones que no eran de fide (como que estuviera bautizado y todas las condiciones relativas) (Antonio Arbiol y Díez, religioso franciscano español, 1651-1726). Como vemos, aquí al religioso español llega aún más lejos que el propio Juan de Santo Tomás.
  • Desde el momento en que la Iglesia acepta a un papa es señal de que Dios le acepta legítimamente como tal, ya que Cristo nos prometió que su Iglesia nunca erraría en materia de fe. Es de fide creer que el papa elegido y aceptado es el verdadero papa. También hay que creer (aunque no de fide porque ese extremo estaba oculto) que se cumplieron “todas las condiciones necesarias para que llegase a ser papa” (Lucio Ferraris, canonista franciscano del s. XVIII, explicando la Bula Inter Cunctos de Martín V).
  • Si un papa ha sido elegido ilegítimamente o tomado posesión por fraude, hasta que no haya sido aceptado por la Iglesia se estima que no es papa (sede vacante). Pero una vez aceptado, se convierte en verdadero pontífice (San Alfonso María de Ligorio, doctor de la Iglesia, 1696-1787).
  • Un papa dudoso deja de serlo cuando la Iglesia le reconoce como papa (Prosper Guéranger, abad del priorato benedictino de Solesmes, y fundador de la Congregación de Francia de la Orden de San Benito, 1805-1875).
  • Todos los defectos de la elección se eliminan cuando el elegido ha sido aceptado por la Iglesia (padre Wilhem Wilmers, 1817- 1899, jesuita alemán y profesor).
  • Cuando los cardenales eligen a uno de ellos como papa tienen razón, porque, de otra forma, los obispos estarían separados de la cabeza, que es el papa y se rompería la constitución divina de la Iglesia (Sylvester Joseph Hunter, SJ inglés, 1829-1896).
  • La adhesión de la Iglesia a un falso papa sería lo mismo que su adhesión a una falsa fe. Dios no puede permitir que la Iglesia al completo acepte como pontífice a alguien que no es verdadero y legítimo (Card. Louis Billot, 1846-1931).
  • La Iglesia no puede equivocarse cuando acepta unánimemente a un papa, pues, de lo contrario, el cuerpo de la Iglesia se separaría de su cabeza, y ello va en contra de su indefectibilidad y unidad (Adolphe Tanquerey, profesor de Derecho canónico y sacerdote, 1854-1932).
  • Aunque el papa haya sido elegido de manera no canónica, siguiendo a Lucius Ferraris, cuando la Iglesia acepta a ese papa se debe entender que lo es verdaderamente, pues Dios, mediante esa aceptación, nos revela la legitimidad de su papado (p. Sydney Smith, sacerdote católico norteamericano, ss. XIX y XX).
  • La Iglesia se muestra en ella con “absoluta e infalible certeza”, al aceptar a un pontífice elegido (Fr. Elwood Silvester Berry, Profesor de Apologética en el Seminario de Saint Mary de Maryland Maryland, 1879-1954).
  • Tenemos la certeza moral de que el papa fue elegido válidamente en cónclave y éste aceptó el nombramiento (p. padre Francis J. Connell, sacerdote redentorista, Profesor y Profesor de teología moral de la Catholic University of America y Rector de la Holy Redeemer College en Washington, 1888-1967).
  • La aceptación pacífica y universal presupone que se han cumplido “todas las condiciones previas para la validez de la elección papal”. La aceptación se da cuando no hay disputa en contra del elegido o cuando la Iglesia la acepta progresivamente (Cardenal Charles Journet, 1891-1975).

Como vemos, esta doctrina, mantenida de manera constante en los últimos cuatro siglos, afirma que cuando un papa es aceptado por la Iglesia, habiendo sido elegido de manera canónica o no, los posibles defectos de su elección son convalidados y sanados, presuponiéndose que se habían cumplido en los electores y en el elegido las condiciones necesarias para que el nuevo papa sea válido. En relación con los electores, principalmente que fueran cardenales de la Iglesia romana; y en relación con el elegido, que estuviera bautizado y profesara la fe católica, básicamente. Los posibles vicios de anulabilidad o de nulidad del procedimiento de elección quedarían también sanados por la misma aceptación, por parte de toda la Iglesia, del papa elegido.

III. LA DOCTRINA DE LA ACEPTACIÓN PACÍFICA Y UNIVERSAL DE UN PAPA POR LA IGLESIA NO PUEDE SANAR UN ERROR SUSTANCIAL PREVIO

Sin embargo, la doctrina de la pacífica y universal aceptación por la Iglesia de un papa, tal y como fue enunciada y desarrollada, nunca pretendió salvar, sanar o dar por cumplida la condición sin la cual no podría nunca iniciarse un procedimiento de elección papal: la existencia de sede vacante. Es decir, la muerte real del papa anterior o la válida renuncia del papa reinante, en su caso.

Imaginemos por un instante que un hipotético papa (al que llamaremos Jonás) viajaba en avión a un lejano país, pero cerca del destino el avión se estrella y arde con extraordinaria virulencia, de manera que no se encuentra su cadáver, porque parece haber sido calcinado en el incendio y explosión del aparato. Imaginemos que el Camarlengo le declara muerto tras el procedimiento debido y se inicia el trámite de elección de un nuevo papa (le llamaremos Jaime), que, finalmente, es elegido, entronizado y aclamado como tal por parte de la Iglesia. Y que al cabo de unas semanas el papa Jonás, supuestamente difunto, reaparece en público porque no estaba muerto, sino que, en el accidente, antes de estrellarse al avión, salió despedido y cayó providencialmente en un granero y sobrevive en coma, siendo cuidado durante dos meses por unos campesinos que ignoraban quién era. Una vez pasado el estupor inicial una vez aparecido en público se confirma, sin lugar a dudas, que el papa anterior sigue vivo, tras un exhaustivo interrogatorio de sus más allegados –colaboradores y familiares.

Entonces, ahí va la pregunta… ¿La universal y pacífica aceptación del nuevo papa salido del nuevo cónclave hace realmente papa a ese hombre o la aparición del papa supuestamente difunto conllevaría la anulación de esa elección, y de la previa declaración de sede vacante? Claramente, el papa Jonás seguiría siendo papa, una vez declarada nula la elección del nuevo pontífice. La doctrina de la aceptación pacífica y universal es válida en condiciones normales, pero no podría sanar la existencia de un error sustancial previo.

Claramente, aplicando el Derecho canónico, la doctrina de la “Universalis Ecclesiae Adhaesio” implica que se darían por cumplidas las condiciones que se exigen en los electores, el elegido y los posibles vicios acaecidos en el procedimiento de elección, pero nunca puede suplir ni sanar la conditio sine qua non, el requisito esencial que permite una nueva elección: la muerte del anterior papa (o la válida renuncia del papa, en su caso). Se trata de un requisito del acto que no es una condición de la elección sino un prius, previo al juego de éstas, conformándose como una condición esencial, como un requisito previo al inicio mismo del procedimiento de elección. Es más, incluso habiéndose declarado la sede vacante de forma correcta, conforme al procedimiento establecido y en la confianza de que el anterior papa había fallecido, la existencia de un error sustancial en ella determina que la situación de sede vacante quede anulada y que decaiga, como consecuencia de ello, la elección del papa Jaime.

¡Cuidado! No decimos que las condiciones para la elección del nuevo papa eran incorrectas (de hecho, se dieron todas) sino que faltaba el requisito previo, la condición sine qua non que haría válida la aceptación pacífica y universal del nuevo papa.

Conclusión: la existencia de un error sustancial que actúa sobre una condición sine qua non exigible siempre y en todo caso con carácter previo al inicio del procedimiento de elección de un pontífice impide el juego de la doctrina de la “Universalis Ecclesiae Adhaesio”.

Otro ejemplo parecido, ya en el ámbito del matrimonio, podría ser el siguiente: un hombre se casa canónicamente con una mujer, yendo ambos contrayentes de manera libre al altar. Pero después de casarse el hombre descubre en la noche de bodas que su mujer era realmente un hombre. Parece evidente que en este caso tampoco podría jugar la doctrina de la “sanatio in radice”. Esa sanación de la raíz podría sanar, por ejemplo, posibles vicios de nulidad incluso de un matrimonio celebrado entre un hombre y una mujer que en el momento de la boda rechazaran la apertura a la vida o la fidelidad entre ellos pero que, posteriormente, convertidos por la gracia de estado, las aceptan y practican con fidelidad a la Iglesia.

Como vemos, en este caso hay también un error sustancial que resulta insubsanable, porque no es que falle una condición cualquiera que haga inválido el matrimonio: es que falta una condición sine qua non del mismo, un requisito fundamental y presupuesto que juega con carácter previo incluso a la sanación de los posibles vicios de nulidad del mismo: la necesidad de que los contrayentes sean hombre y mujer.

Otro requisito previo o condición sine qua non no sanable es que ambos contrayentes fueran solteros, es decir, no estuvieran válidamente casados por la Iglesia, porque la bigamia no puede ser objeto de una posterior sanatio in radice.

Pues bien, aplicando la misma lógica, ¿cabría pensar que cuando la renuncia de un papa es nula de pleno derecho la elección y pacífica y universal aceptación del papa posterior juega en ese caso? Fijémonos que la válida renuncia funciona aquí como la muerte real del papa en el caso del papa Jaime, es decir, como un requisito previo o condición sine qua non que, una vez cumplido, permitiría iniciar el procedimiento de elección de un nuevo papa. La doctrina de la “Universalis Ecclesiae Adhaesio”, en este caso, implicaría que fueron cumplidas las condiciones tradicionalmente exigidas en la elección del nuevo papa (Francisco), tanto en los electores como en el elegido, pero, ¿podría llegar a subsanar, a suplir una inválida declaración de sede vacante, como la de BXVI? ¿No es cierto que en este caso se produciría el mismo error sustancial en un elemento del acto previo al juego posible de la doctrina de la “Universalis Ecclesiae Adhaesio”?

Lo que late en el fondo de estos casos es una incorrecta exégesis en muchos de los autores citados (SISCOE, SALZA, PENTIN, DE MATTEI, etc.) de hasta qué punto podrían llegar los efectos retroactivos de la sanación de la doctrina de la aceptación universal y pacífica de un papa. Tras la lectura atenta del desarrollo teológico de esa doctrina a mí me queda muy claro que la misma solo entiende por cumplidas (y no de fide) las condiciones en los electores, en el elegido y en el procedimiento, pero nunca puede suplir o rellenar la no existencia válida de elementos previos, fundantes, esenciales, insubsanables, como es la no muerte real del papa anterior o la no renuncia válida de un papa.

Los autores que más han estudiado el tema han sido los norteamericanos Robert Siscoe y John Salza, que han considerado que el hecho de que Francisco haya sido pacífica y universalmente aceptado por toda la Iglesia presupone que la renuncia fue válida; incluso que, si fuera inválida, también quedaría subsanada o superada por esa general y pacífica aceptación.

Pero esos autores olvidan algo fundamental: el juego de la doctrina del error sustancial, que ninguno de ellos cita. En efecto, el error sobre la sustancia del acto vicia de nulidad y de manera absoluta dicho acto, de forma no subsanable cuando recae sobre una condición sine qua non del mismo.

Basta la lectura conjunta de los cánones 126 y 1163 del CDC para verificar el alcance limitado de la sanación de los vicios, en materia matrimonial. En éste último se dice que mientras que puede sanarse el matrimonio nulo por impedimento o por defecto de la forma legítima, con tal de que persevere el consentimiento de ambas partes, el matrimonio nulo por un impedimento de derecho natural o divino positivo sólo puede sanarse una vez que haya cesado el impedimento. Es decir, que como aquella supuesta mujer con la que se casó el novio era en realidad un hombre, al ser esto insubsanable y no cesar nunca ese impedimento, ese matrimonio jamás podría ser sanado. Y lo mismo cabría decir de un papa elegido cuando reaparece vivo el papa precedente o si el papa precedente renunciante dijera al cabo del tiempo que su renuncia era nula, justo cuando esa convicción se hace cada vez más clara en la Iglesia, hasta llegar a ser relevante, como ocurre ahora.

Veamos el canon 126 del Código de Derecho Canónico:

      126.-Es nulo el acto realizado por ignorancia o por error cuando afecta a lo que constituye su substancia o recae sobre una condición sine qua non; en caso contrario, es válido, a no ser que el derecho establezca otra cosa, pero el acto realizado por ignorancia o por error puede dar lugar a acción rescisoria conforme a derecho

Cuando la ignorancia o el error recaen sobre el objeto esencial del acto (error sustancial) o versan sobre una circunstancia cuya presencia se requiere para la existencia del acto mismo (conditio sine qua non), el acto se considera inexistente y, por lo tanto, inválido. En cambio, cuando se trata de otro tipo de ignorancia o error que no afecta a la sustancia del acto (error accidental), se considera válido en principio (iuris tantum), aunque podría anularse mediante la acción rescisoria.

En efecto, tan importante es la comprobación de la muerte del papa finado que la Constitución Universi Dominici Gregis (y todas las que antes de ella han regulado el procedimiento de elección papal) le dedica varios artículos, estableciendo un procedimiento ad hoc, en el que el Camarlengo comprueba su muerte (art. 17 y ss.) y se vela el cadáver durante cuatro a seis días (art. 13), precisamente para evitar que tras la elección del nuevo papa resultara que el anterior sigue realmente vivo.

Sin embargo, en esa Constitución no hay un precepto similar por el que un tercero lea detenidamente el acto de renuncia de un papa y analice sus circunstancias, precisamente porque, más si cabe en esos casos, esa renuncia pudiera ser nula por haber sido obtenida con miedo injustamente provocado, o por dolo, error substancial o simonía (canon 188 CDC). Nótese de nuevo que la renuncia es un elemento previo al posible juego de las condiciones que se dan por cumplidas con la doctrina de la “Adhaesio”, al igual que la muerte del papa finado. Sí sería subsanable la simonía en el procedimiento de elección del nuevo papa e incluso la herejía manifiesta y pública previa a la elección del nuevo pontífice, pues ambas son condiciones que afectan al procedimiento y al elegido, respectivamente, que son sanables conforme a la doctrina de la Adhaesio, como han dicho los autores que la han explicado en los últimos siglos.

Pero incluso si uno siguiera la teoría de Siscoe y de Salza, ¿aceptarían esos autores que un nuevo papa, aceptado por la Iglesia lo fuera en el caso de que reapareciese vivo el papa anterior? Parece obligado contestar que no. Lo que echa por tierra su exégesis sobre ese poder absoluto que le otorgan a esa doctrina.

Imaginemos que a un papa lo amenazan para que firme un acto de renuncia, y que luego, tras la elección y aclamación del papa nuevo el papa anterior dice que fue obligado a renunciar. O que un papa, de forma libre, firma un acto de renuncia inválido, sabiendo a ciencia cierta que no era válido y que en realidad no estaba renunciando. Imaginemos que algo así ocurrió con Benedicto XVI.

Aplicando la misma lógica que en el supuesto del papa Jonás, la inexistencia del presupuesto previo, por error sustancial en el objeto del acto de la renuncia, impediría dar por válida la aclamación de un nuevo papa. Y lo mismo ocurriría si el papa renunciante no hubiese renunciado en realidad, sino que le hubiesen secuestrado y confinado. Es decir, si no hubiese renunciado en absoluto. De nuevo, la pregunta… ¿cabría dar por válido a un papa si el anterior en realidad no ha renunciado? Parece evidente que no.

El hecho de que en el caso de BXVI se hayan cumplido las dos condiciones que exige el canon 332.2 CDC en nada cambia eso, pues esas condiciones son posteriores al mismo acto jurídico de la renuncia: que sea libre y que la realice formalmente. La primera parece haberse cumplido por ahora, pues el propio BXVI no ha dicho nada en contra. También la segunda, pues BXVI emitió un texto formal de renuncia el 11 de febrero de 2013 (recordemos que la sometió a plazo de entrada en vigor, hasta el 28 de febrero, lo que ha sido criticado con razón por el escritor italiano Antonio Socci como algo imposible).

 

Repetimos: el problema no está en el cumplimiento de las condiciones de la renuncia sino en el presupuesto de hecho del mismo, es decir, si hubo o no renuncia. Al ser nula, el objeto del acto, la sustancia del mismo, quedaba así viciada, aunque las condiciones posteriores se cumplieran. Así lo enuncia el canon 126. Basta, además, leer la literalidad del canon 332.2 para ver que un papa renuncia cuando lo hace al munus. Porque si no, no hay tal renuncia. Nótese que el texto literal no construye el canon como si la renuncia al munus fuera una condición más, sino como una conditio sine qua non, que expresa con una frase condicional:

 

Canon 332. 2. Si contingat ut Romanus Pontifex muneri suo renuntiet, ad validitatem requiritur ut renuntiatio libere fiat et rite manifestetur, non vero ut a quopiam acceptetur.

Y en español:

    2. Si el Romano Pontífice renunciase a su oficio, se requiere para la validez que la renuncia sea libre y se manifieste formalmente, pero no que sea aceptada por nadie.

 

Es decir, una renuncia al papado se entiende que se realiza cuando el pontífice renuncia al munus. Por tanto, si no hubo renuncia al munus faltó el requisito sustancial del objeto de la renuncia (frase que subrayamos en negrita), incurriéndose en error sustancial no subsanable, no alcanzable, pues, por el efecto retroactivo sanador de la doctrina de la “Adhaesio”, al igual que no cabe tener por papa a uno aceptado por la Iglesia cuando el anterior reaparece vivo.

En ambos casos falla la conditio sine qua non, el objeto o sustancia del acto (canon 126), el presupuesto necesario, cumplido el cual se podrían entender posteriormente por satisfechas las condiciones enunciadas, que se tienen por salvadas cuando el pueblo de Dios acepta al nuevo papa salido de un Cónclave. El error sustancial equivale a que no hubo renuncia y ese no acto no puede ser rellenado por la elección posterior de otro pontífice, pues no es una conditio posterior sino conditio sine qua non previa a los efectos sanadores de la doctrina de la “Adhaesio”.

El canon 332.2 CDC dice que el presupuesto de hecho es renunciar al oficio (entendido como munus). Quien no renuncia al munus no cumple con el presupuesto de la renuncia, no estaría renunciando, aunque luego se cumplan las dos condiciones posteriores allí enunciadas.

Muchos tenemos serias dudas sobre el texto de la renuncia. En esta misma web, el doctor Juan Suárez Falcó ha escrito bien sobre las razones canónicas que hacen inválida esa renuncia:

http://comovaradealmendro.com/wp-content/uploads/2018/05/DOS-GRAVES-RAZONES-DE-DERECHO-CAN%C3%93NICO-QUE-CONFIRMAN-QUE-BXVI-SIGUE-SIENDO-PAPA.pdf

También Stefano Violi (4), prestigioso profesor de Derecho Canónico de la Facultad de Teología de Bolonia y de Lugano, considera nula la renuncia, porque Bxvi no renunció al munus sino al ministerium petrino. Y como tal cosa no es posible, pues munus y ministerium son inseparables, es lógico pensar que la renuncia es nula de radice. Otro prestigioso periodista y escritor, Vittorio Messori, se hizo eco de la tesis de Violi (5). También el jurista Francesco Patruno (como recoge Edward Pentin). Y el padre Kramer, experto en las apariciones de Fátima (6). De Mattei, sin embargo, se limita a echarle la culpa a Bxvi por su errada concepción del papado como poder de orden, siendo como es de jurisdicción (lo que es cierto), considerando que esa concepción sacramental y no jurídica del papado ya la defendieron los heterodoxos Karl Rahner (en su libro The Episcopate in the Church) o Hans Küng en el postconcilio… y lamentando que esa renuncia nula podría llevar a un cisma en la Iglesia, aunque no se plantea las graves razones que pudieran existir en el trasfondo de la extraña decisión de Benedicto de separar munus y ministerium.

Otra opinión relevante es la de Mons. Bux, que dijo en 2018, que el sensus fidei actualmente “percibe que algo va mal” en relación con Francisco, por lo que le pedía a éste que hiciera una urgente profesión de fe para tranquilizar las cosas… que no hizo. Y añadió más: el fiel, dijo, “percibe que las enseñanzas de Francisco tienen algo extraño y no entienden por qué, pero casi todos perciben que falta ahí la gracia de estado que haría que las enseñanzas de Francisco estuvieran libres de herejías”. Mons. Bux cree firmemente también que la renuncia de Bxvi es nula. (Citado por Edward Pentin).

También SISCOE y SALZA lo dejan caer, precisamente porque BXVI separa munus de ministerium y porque sus declaraciones posteriores así lo dan a entender. Precisamente porque en su fuero interno creen que la renuncia era nula (como también De Mattei) es por lo que se apresuran a dejar claro que incluso en esos casos la aceptación pacífica y universal de Francisco salvaría ese escollo. Cuando no lo hace, realmente.

El error sustancial, por tanto, deliberado o deseado por BXVI (si él consideraba erróneamente que el papado era irrenunciable en su faceta divina como le echa en cara DE MATTEI) o así puesto con toda la intención en su declaración de renuncia para invalidarla, un regate o jugada maestra para escapar así de los lobos que le amenazaban, haciendo como que dimitía sin hacerlo realmente, anula de raíz su renuncia, porque afecta al objeto o sustancia del mismo, siendo, además, una condición necesaria para la elección del nuevo papa. En la misma noche del anuncio de BXVI, aquel fatídico 11 de febrero, el Cielo nos daba un signo evocador en el potente rayo sobre la cúpula de San Pedro: “Vi a Satanás caer del cielo como un rayo” (Lc. 10, 18).

Pero, evidentemente, solo él tendría la autoridad suficiente para decirlo. Nadie más. Así las cosas, si BXVI un día no muy lejano apareciera en TV para decir que él es el papa auténtico y que su renuncia era deliberadamente nula (parece evidente que alguien tan sabio como él nunca lo haría por error material involuntario o por negligencia) estaríamos exactamente ante el mismo supuesto ficticio enunciado arriba: el del papa Jonás, dado por muerto y que reaparece vivo en público después de que la Iglesia hubiese elegido y aceptado a su sucesor. La Iglesia tendría que anular el nombramiento de Jonás, y el del card. Bergoglio.

Y a la misma conclusión se llegaría si comienza a crecer este debate en la Iglesia, como parece que está ocurriendo en los últimos años, de forma que, aunque BXVI no hablase, se observa objetivamente que un importante sector de la Iglesia comienza a tener más luz al respecto de la nulidad de la renuncia de Benedicto, y si de ello se acabara convenciendo la mayoría de la Iglesia. El silencio de Bxvi al respecto sería también muy elocuente y revelador, porque confirmaría esa interpretación (quien calla, otorga).

Que la renuncia válida es un presupuesto y no una condición más de la elección lo entiende también la Constitución Universi Dominici Gregis, que prohíbe expresamente a los cardenales electores atentar contra los derechos de la Sede Apostólica y de la Iglesia Romana después de la muerte o la renuncia válida del Pontífice. Nótese que se indica que la renuncia ha de ser “válida”. Y, evidentemente, antes de válida debe ser “renuncia”, añado yo (que solo se da cuando el papa renuncia al muneri suo).

  1. LA SANATIO IN RADICE DEL PRESUPUESTO DE HECHO DE LA ELECCIÓN DE UN NUEVO PAPA (LA VALIDEZ DE LA RENUNCIA) EXIGE QUE LA APARIENCIA DEL DERECHO SE MANTENGA

La renuncia al papado es un acto jurídico. Es dogmática general del Derecho, desde el Derecho Romano hasta nuestros días, que los actos se presumen válidos iuris tantum si han sido debidamente realizados en cuanto a sus elementos externos, de forma que sus efectos quedan protegidos por la apariencia de legalidad de éstos. Esa doctrina la recoge el canon 124.2 CDC para la sanación de un matrimonio inválido. Pero esa sanación in radice del mismo no se produce cuando el error es sustancial, sino cuando se trata de un simple error común de hecho o de derecho, pues la Iglesia suple (canon 144.1 CDC).

Imaginemos entonces que el error en la renuncia del papa no fuera sustancial, que lo es, sino error común. Para que haya, además, sanación se requeriría que el papa renunciante mantuviera la apariencia de su renuncia, es decir, la voluntad de perseverar en la validez del acto y de hacer ver que él ya no es el papa (por analogía, para el caso del matrimonio, apdos. 1º y 3º del canon 1163 CDC).

Pues bien. En el caso de la renuncia de BXVI sus actos posteriores no solo no dan a entender que él quiso renunciar al papado sino todo lo contrario, por lo que esa sanación, de haber sido posible (que no lo era por tratarse de un error sustancial) debería haber supuesto:

– que BXVI dejara de usar su nombre canónico, para pasar a llamarse “Joseph Card. Ratzinger”, cosa que no ha hecho;

– que saliera del Vaticano, muy probablemente para volver a su querida Baviera o a algún Monasterio en otra parte del mundo, cosa que no ha hecho tampoco, decidiendo quedarse nada menos que en el Vaticano;

– que su título canónico fuera el de Obispo emérito de Roma, cuando sabemos que por propia voluntad pidió que se le llamara Papa emérito, título canónicamente imposible según el canon 185 CDC, que exige que para usar ese término la renuncia tuviera que haber sido aceptada, cosa que es imposible en la renuncia al papado, que no necesita aceptación;

– que hubiera pasado a vestir de negro, con el solideo rojo de los  cardenales, cosa que no ha ocurrido porque sigue vestido con la talar blanca y el solideo blanco;

– que realmente se limitara a “sufrir y a rezar”, como dijo en su Declaratio de 11 de febrero de 2013 que haría después de su renuncia (“Soy muy consciente de que este ministerio, por su naturaleza espiritual, debe ser llevado a cabo no únicamente con obras y palabras, sino también y en no menor grado sufriendo y rezando”), cuando sabemos que, por el contrario, participa activamente en la vida pública de la Iglesia, dando entrevistas, escribiendo libros propios y prólogos a libros de amigos, dando discursos, como aquel inolvidable a la Universidad urbaniana (donde reconvenía a Francisco, recordando que el diálogo nunca puede reemplazar a la misión), o cuando escribió aquella magnífica Carta en la Semana Santa de 2019 recordando que los problemas de pedofilia esconden en realidad problemas de faltas de fidelidad al magisterio de la Iglesia, y la gravedad del intrinsece malum, muy posiblemente para echar abajo la posibilidad de que dos personas que vivan en adulterio more uxorio puedan comulgar, citando Veritatis Splendor contra Amoris Laetitia), o sacando un libro a favor del celibato cuando era probable que Francisco abriera la mano a la ordenación de viri probati en la Amazonía, etc.

– que no realizara actos externos exclusivos del papa reinante, como dar la bendición apostólica (al Card. Brandmüller y a otros); firmar sus libros y entrevistas con la apostilla P.P., que es exclusiva del papa reinante; etc.

Vemos, por tanto, que BXVI, lejos de dar la apariencia de que ha renunciado al papado ha hecho exactamente lo contrario, para que la Iglesia entendiera que sigue siendo, de alguna forma, papa. Y sus razones tendrá para ello. Es impensable que alguien tan discreto y educado pueda hacer todo lo que ha hecho desde su supuesta renuncia si no quisiera en realidad enviar un poderoso mensaje a toda la Iglesia.

Christoph Strack se queja, así, de que cada pocas semanas salen a la luz declaraciones suyas en las que se escucha un claro “Todavía estoy aquí”. Y se lamenta de ello porque es un periodista modernista. También se queja de ello, no por modernista sino preocupado por un posible cisma, el Card. Brandmüller, amigo del papa alemán, cuando en 2016 abogó por una definición más clara de la figura del papa renunciante. Llegó incluso a apoyar que varios amigos de BXVI fueran a preguntarle si él se considera aún papa, aunque nada se hizo finalmente. Lo mismo pensaba el Card. Rino Fisichella, como comenta Edward Pentin. Valgan estas perlas para mostrar el creciente desasosiego en gran parte de la Iglesia ante la posible invalidez del papado de Francisco y las consecuencias que, de ello, podrían derivarse.

Solo añadiré que parece claro que hay cosas que BXVI no puede contar abiertamente, por alguna razón grave. La prueba irrefutable está en aquella pregunta que le hizo el vaticanista de La Stampa Andrea Tornielli, sobre por qué seguía vistiendo de blanco. A lo que él contestó que porque en ese momento no había sotanas negras en el Vaticano… (¡¡!!). Esta respuesta absurda, que es claramente falsa, apunta a algo muy claro: BXVI está realizando una permanente reserva mental desde su supuesta renuncia, por razones que no puede decir, que necesariamente deben ser gravísimas. Otra declaración suya, en la misma línea de reserva mental, fue su respuesta acerca de por qué había renunciado, cuando contestó que no tenía fuerzas como para ir a la JMJ de Río de Janeiro (¡¡!!).

Otras veces ha dicho lo contrario. Como cuando su amigo el Card. Brandmüller le reprochó la creación de la figura del papa emérito, a lo que Bxvi contestó que el papa era Francisco (7). También cuando, antes de la elección del Card. Bergoglio, Bxvi dijo: “Y entre vosotros, entre el Colegio cardenalicio, está también el futuro papa, a quien ya hoy prometo mi incondicional reverencia y obediencia” (Discurso de despedida a los cardenales, 28 de febrero de 2013). Pero resulta evidente que la realidad, su vestimenta, sus declaraciones y escritos, su ironía respecto al hecho de no vestir de negro, etc. apuntan en otra dirección. No con palabras sino con hechos consumados y visibles para todos. En esa contradicción se cifra, parece, un terrible secreto, el secreto de Benedicto. Y solo él puede algún día revelarlo.

Recordemos, en ese sentido, sus enigmáticas palabras, pronunciadas en su última audiencia, el 27 de febrero de 2013, antes de que entrara en vigor su renuncia, que dejan entrever – a mi modo de ver de una forma clamorosa – que se sigue considerando papa:

He dado ese paso en la plena conciencia de su gravedad e incluso novedad… Permítanme una vez más regresar a aquel 19 de abril de 2005. La gravedad de la decisión estaba precisamente en el hecho de que desde ese momento en adelante estuve comprometido por el Señor siempre y para siempre. Siempre – porque el que asume el ministerio petrino ya no tiene privacidad. Pertenece siempre y totalmente a todos, a toda la Iglesia. La dimensión privada está totalmente alejada de su vida, por así decirlo. … El “siempre” es también un “para siempre”, ya no hay un retorno a lo privadoMi decisión de renunciar al ejercicio activo del ministerio (“ministerium”) no revoca estoNo vuelvo a la vida privada, a una vida de viajes, reuniones, recepciones, conferencias, etc. No abandono la cruz, sino que permanezco de una manera nueva con el Señor Crucificado. Ya no tengo la potestad del oficio para el gobierno de la Iglesia, pero al servicio de la oración permanezco, por así decirlo, en el recinto de San Pedro...”.

  1. CONCLUSIÓN

 

Todos somos conscientes del desastroso pontificado de Francisco, que cae constantemente en errores graves, cuando no deliberados, que confirma en el error a los pecadores, o que traiciona a los hijos más fieles de la Iglesia clandestina china, v. gr., al tiempo que simpatiza con los enemigos de la Iglesia (Lillianne Plumen, Sachs, Chávez, Castro, Schellnhuber, Scalfaro, Napolitano, Bonino, etc.). Desde el principio de su pontificado, obispos, sacerdotes y teólogos de sana doctrina han estado denunciando y corrigiendo sus dislates teológicos, sin que él haya enmendado nada de lo dicho y hecho, llegando incluso al desdén inaudito de no contestar las Dubia enviadas por algunos de los Cardenales más prestigiosos de la Iglesia.

Pero ha sido recientemente, sobre todo, tras el libro escrito a dos manos entre Bxvi y el Card. Sarah, que ha supuesto una clamorosa oposición doctrinal frente a las intenciones de Francisco en el Sínodo de la Amazonía, cuando se ha visto de forma evidente que Benedicto sigue influyendo de forma trascendente en la Iglesia. Y muchos de los que antes no dudaban ahora se hacen preguntas incómodas. Y algunos autores han salido al paso de esas dudas y preguntas, apresurándose a afirmar, pese al escándalo, que el papa es el Card. Bergoglio, en aplicación de la doctrina de la pacífica y universal aceptación del pontífice argentino. Son precisamente obispos y teólogos de la línea “conservadora”, quizás por su orientación lefebvrista, los que se han apresurado a decir que, pese a todo, el papa es Francisco. Y en eso coinciden con los de la línea modernista.

Pero se trata de un recurso grueso que, estudiado a fondo, nunca pretendió, cuando fue creada esa doctrina en la historia de la Iglesia y en su desarrollo posterior, convertirse en una herramienta absoluta que pudiera sanar los presupuestos de hecho o el objeto mismo de un acto jurídico inexistente. Porque, al igual que un papa aceptado por la Iglesia dejaría de serlo ipso facto si el papa anterior que se creía muerto apareciera de nuevo en la vida pública reclamando el papado, también ocurriría lo mismo si el papa renunciante, que se ha quedado en el Vaticano por extrañas razones vestido de blanco y realizando todo tipo de actos públicos propios y exclusivos del papa reinante, levantara un día la voz para decir que su renuncia fue deliberadamente nula y reclamara igualmente el papado.

Parece evidente que si eso último ocurriera, la validez del papado del Card. Bergoglio  sería puesta en duda por gran parte de la Iglesia y, usando la doctrina de San Alfonso María de Ligorio, habría que decir que cuando un papa es discutido o resistido como tal es señal de que no lo era y que la doctrina de la “Universalis Ecclesiae Adhaesio” no jugó nunca en su persona. Y sus errores graves y continuados se explicarían por la falta de gracia de estado. Entonces sí que cabría decir, con Antonio Socci, que “dubius papa habetur pro non papa” (el papa dudoso no debe considerarse papa), según sentencia del Doctor de la Iglesia, San Roberto Bellarmino, en el Tratado “De Conciliis et Ecclesia militante”.

Finalmente, ante la objeción que hacen algunos teólogos de que nunca la Iglesia podría unirse a una cabeza falsa porque sería señal de que la promesa de Cristo no era infalible, habría que decir que hay un momento de la historia de la salvación muy concreto en que la Biblia y la Tradición prevén exactamente eso: el de la gran apostasía de la Iglesia (catecismo 675), en relación con un pastor que no entra por la puerta del aprisco sino que salta la valla (Jn. 10, 1-2), en relación con el pastor asalariado, que no es realmente pastor (Jn. 10, 12). Puede que Francisco no sea el papa reinante sino BXVI. O algo peor incluso. Dios permitiría entonces que la gran mayoría de la Iglesia se uniera a una falsa cabeza, no por la gracia sino por la falta de ella, lo que llevaría a esa gran parte de la Iglesia, mayoritaria, a la apostasía (2 Tes. 2, 3-4; Mt.), hasta suprimir la misa (Dn. 12, 11 y Mt. 24, 15). Y su promesa de que las puertas del Infierno no prevalecerían nunca contra la Iglesia seguiría intacta y se cumpliría en la Iglesia, es decir, en el resto fiel que no apostate, porque siga a la cabeza auténtica, que será la que padecerá en sus carnes la gran tribulación y que recibirá a Cristo en su Parusía.

De hecho, el Rev. Elwood Sylvester Berry, uno de los apologetas de la doctrina de la “Universalis Ecclesiae Adhaesio” que hemos glosado arriba dejó por escrito en el mismo libro (The Church of Christ, 1927) que en el fin de los últimos tiempos una falsa Iglesia de Satanás se opondría a la Iglesia de Cristo, engañando a la humanidad. Y que en aquélla el anticristo actuaría como Mesías, mientras el falso profeta lo haría como papa:

“The prophecies of the Apocalypse [book of Revelation] show that Satan will imitate the Church of Christ to deceive mankind; he will set up a church of Satan in opposition to the Church of Christ. Antichrist will assume the role of Messias; his prophet will act the part of Pope; and there will be imitations of the Sacraments of the Church. There will also be lying wonders in imitation of the miracles wrought in the Church”.

(Rev. E. Sylvester Berry, The Church of Christ: An Apologetic and Dogmatic Treatise [St. Louis, MO: B. Herder Book Co., 1927], p. 119; italics given.)

Precisamente, como ha dicho recientemente el filósofo Michaël Steenbergen en un artículo excelente, la aceptación general de un papa cuando no lo es, sería la definición perfecta del engaño masivo que caracteriza esta etapa final de la historia (https://comovaradealmendro.es/wp-content/uploads/2019/04/%C2%A1ES-LA-HORA-2.pdf)

Esto mismo ya pasó en otra ocasión terrible, en los albores del cristianismo, cuando la casi unanimidad de la jerarquía eclesiástica de la época (el Sanedrín) decidió cometer Deicidio, aceptando los judíos presentes de manera pacífica y universal a Barrabás y atando su destino al rechazo del Mesías (“Caiga su sangre sobre nosotros y sobre nuestros hijos”, Mt. 27, 25). Ahí se produjo un cisma, una quiebra fatal, pues la parte menor de ellos entraron en la Iglesia cristiana, adhiriéndose a Cristo como cabeza, mientras la mayor parte defeccionó y endureció su corazón, permaneciendo separados de la cabeza que es Jesús, hasta hoy.

Justamente ahora que los templos están cerrados y los sacramentos suspendidos (como vio Joel en su capítulo 1, versículos 9 y 13) nos preguntamos qué será de Benedicto XVI, confinado en Mater Ecclesiae (8).

Y pedimos, con el Profeta:

«13. Ceñíos, sacerdotes, y plañid; lanzad gritos, ministros del altar; venid, pasad la noche en sacos, oh ministros de mi Dios, pues ha desaparecido de la Casa de vuestro Dios la ofrenda y la libación. 14. Promulgad un ayuno, convocad una solemne asamblea; congregad a los ancianos y a todos los habitantes del país en la Casa de Yahvé, vuestro Dios; y clamad a Yahvé: 15. “¡Ay del día!”, Pues cercano está el día de Yahvé, como ruina vendrá de parte del Todopoderoso. 16. ¿Acaso no ha desaparecido ante nuestros ojos el alimento, lo mismo que el gozo y: la alegría de la Casa de nuestro Dios?”

NOTAS AL PIE

(1). https://archive.org/details/tractatusdeeccle01bill/page/716/mode/2up

(2). “Dr. Littledale’s Disappearanceof the Papacy”, Rev. Sydney Smith, S. J., Magazine The Month, March, 1895.

(3). ROBERT SISCOE y JOHN SALZA, “Peaceful and Universal Acceptance Quotes (from the 15th to 21st Century)”.  http://www.trueorfalsepope.com/p/peaceful-and-universal-acceptance-quotes.html

(4). Stefano Violi, “La rinuncia di Benedetto XVI. Tra storia, diritto e coscienza”: http://chiesa.espresso.repubblica.it/articolo/1350913.html

(5). http://chiesa.espresso.repubblica.it/articolo/1351317ffae.html?sp=y y http://chiesa.espresso.repubblica.it/articolo/1350758ffae.html?sp=y

(6). http://tradcatknight.blogspot.com/2016/05/fr-kramer-benedict-xvi-resignation-is.html

(7). https://es.aleteia.org/2018/09/21/benedicto-xvi-quiso-dejarlo-claro-hay-un-solo-papa/

(8). https://www.vidanuevadigital.com/2020/03/03/el-vaticano-blinda-a-benedicto-xvi-ante-la-crisis-del-coronavirus/

 

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About the author

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Antonio José Sánchez Sáez

Católico. Padre de familia. Catedrático de Derecho de la Universidad de Sevilla.
antonio.jose@comovaradealmendro.es

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11 Comments

  • Según relata en su libro «El secreto de Benedicto XVI», el escritor Antonio Socci: el Papa Juan Pablo II encargó al cardenal Vincenzo, investigar sobre las renuncias papales. Cuando hubo concluido su trabajo dicho cardenal respondió al Papa que era posible la renuncia papal exceptuando por motivo de la edad. Y es precisamente el motivo que esgrimió Benedicto XVI para su renuncia. Por lo tanto es una renuncia inválida.
    En dicho libro también dice que poco antes del cónclave se reunió la mafia S. Galo en la embajada britanica para cabildear sobre Bergoglio. Juan Pablo II, prohibió el cabildeo con la pena de excomunión para todos los que lo hicieran incluyendo al elegido por ellos. Por lo tanto Bergoglio y todos los miembros de dicha mafia están excomulgados.
    Otro motivo es el de las faltas gramaticales en latin en el documento de la renuncia, convirtiendolo en un documento nulo.
    Otro es cuando fue elegido el cardenal Scola, los medios italianos dieron la noticia. Seguidamente se le retuvo cuando se dirigía al balcón para manifestarlo públicamente y le hicieron regresar al cónclave para votar por quinta vez. Segun las normas solo puede haber cuatro votaciones diarias. Parece ser que hubo un voto de mas, en ese caso y segun las normas se rompe dicho voto en blanco y no se repiten las votaciones. Cosa que no hicieron porque lo que interesaba a la mafia S. Galo era que fuera elegido Bergoglio. Este párrafo pertenece al libro del mismo escritor «No es Francisco, la Iglesia en la tempestad».
    Bergoglio pertenece al Rotary Club, ONG de la masonería. por ello se encuentra fuera de la Iglesia, excomulgado latae setentiae.
    Bergoglio ha cometido infinidad de herejías, según la doctrina de la Iglesia si no se rectraccta de ellas está fuera de la Iglesia, excomulgado, latae sententiae. Pero como su misión es provocar un cisma, no se va a retractar si no que las irá amontonando.
    La ultima de sus herejías es la firmada de su puño y letra en febrero de 2019 en Abu-Dhabi. «Dios quiso la pluralidad de religiones», dicho documento esta en clara oposición con el Evangelio y la doctrina de la Iglesia. S. Mateo 16,18: Tú eres Pedro, y sobre esta piedra edificaré Mi Iglesia, y las puertas del Hades no prevalecerán contra ella.
    Catecismo 846: Fuera de Mi Iglesia NO hay salvación.
    También ha cometido pecado de Idolatría pachamámica:
    En Octubre de 2019, finaliza el sínodo de la amazonía, cargado de herejías e idolatrías a los dioses paganos (diablo-pachamama). Realizándose en el Vaticano rituales que estuvieron dirigidos por Bergoglio.
    youtu.be/AAfg5tMdBUU
    *Cardenal Müller: la idolatría a la pachamama es un crimen contra la ley de Dios.
    religionlavozlibre.blogspot.com/2019/10/muller-es-un-crimen-contra-la-ley-de.html ywww.youtube.com/watch?v=dLPyEnMM9TA
    *Cardenal Brandmuller: El sínodo quiere sustituir a Dios por el panteísmo.
    religionlavozlibre.blogspot.com/2019/10/el-sinodo-quiere-sustituir-dios-por-el.html
    *Entronización del diablo en el Vaticano:
    religionlavozlibre.blogspot.com/2019/10/entronizacion-de-un-demonio-en-4-pasos.html
    *Ritual arrodillados ante un indio en erección.
    religionlavozlibre.blogspot.com/2019/10/vaticano-de-fco-arrodillados-frente-un.html
    *Profesor Seifert contra la herejía de Abu Dhabi y la Pachamama: Si Cristo es verdaderamente Dios y hombre desde la concepción, estas acciones huelen a sacrilegio, blasfemia y apostasía.
    religionlavozlibre.blogspot.com/2019/10/seifert-contra-la-herejia-de-abu-dhabi.html
    *Obispo Azcona: Culto a la pachamama, sacrilegio demoníaco.
    religionlavozlibre.blogspot.com/2019/10/culto-vaticano-la-pachamama-u
    *Sacerdote desagravia, quemando las pachamamas.religionlavozlibre.blogspot.com/2019/11/sacerdote-da-ejemplo-quemando-las.html
    *Ocultismo demoníaco ligado al paganismo.
    religionlavozlibre.blogspot.com/2019/10/el-ocultismo-demoniaco-ligado-al.html
    *Bergoglio intenta desacreditar a la Madre Dios, colocando en su lugar a la pachamama.
    religionlavozlibre.blogspot.com/2019/10/sinodo-globalista-anti-mariano.html
    *El Vaticano niega la realidad idolátrica.
    religionlavozlibre.blogspot.com/2019/10/el-vaticano-niega-la-realidad.html
    *Cardenal Osoro, imita a Bergoglio e idolatra a la pachamama.
    religionlavozlibre.blogspot.com/2019/10/card-osoro-amigo-y-porras-reverencian.html
    Por último ha ordenado suprimir las Misas y cerrar las iglesias a cal y canto, todo ello sin que el gobierno italiano se lo exigiera. Siendo imitado de nuevo por sus satélites, aqui en España el cardenal Osoro ha seguido su ejemplo, cayendo en apostasía, tanto él como quienes han caído en la falsa obediencia.
    Hechos 5,29: Hay que obedecer a Dios antes que a los hombres.
    Quienes obedecen una orden de la autoridad en clara oposición con la ley divina, se encuentran luchando contra Dios.
    S. Mateo 12,30: quien no está conmigo está contra mí.
    Bergoglio es una de las bestias de Apocalipsis 13, está preparando la Abolición de la Eucaristía, para provocar un cisma y dar paso al anticristo.
    2ª Tesaloniceses 2. Catecismo 675. Apocalipsis 14.
    Non Nobis.

  • EXCELENTE puro ESPIRITU SANTO!!! Gracias SEÑOR porque nos muestras que estas VIVO iluminando tu verdadera Iglesia desde la cabeza de BENEDICTO XVI!!!!

  • Al fin que? Se entiviaron en Como vara de almendro. Ya no son lo que eran. Prácticamente están reconociendo como papá al impostor masón grado 33. Que giro el que dieron.

  • Claro que uno no es experto en estas cuestiones, pero lo cierto es que tras la lectura del artículo, tan denso y erudito que pasara por todo un ensayo, del profesor de Derecho Antonio José Sánchez Sáez, la impresión o sensación es la de que DICE LA VERDAD.

    Me parece que en torno a Jorge Mario Bergoglio, devenido hace ya 7 largos años en papa Francisco, se pueden hacer 4 consideraciones. La primera (A) es si hay o no legitimidad o más bien ilegitimidad de origen en su ministerio. Sobre esta cuestión disputada uno ha leído trabajos de aquí y de allá. Y se ha formado algo así como una opinión, pero la Iglesia calla al respecto. Y es un secreto a voces que el Pueblo de Dios sufre por ello.

    Consideración segunda o consideración B. La llamada Mafia de San Gallo ¿sin ninguna duda cabildeó a favor de Bergoglio, al parecer el candidato de la alta masonería, y tramó contra Benedicto XVI, al que acabó obligando a renunciar? También sobre este particular uno tiene lecturas, uno sospecha que toca la verdad de los hechos con la punta de los dedos, que aparece como muy claro que en efecto hubo «trampas, juego sucio, ruindad», pero luego uno lee a obispos tenidos por piadosos, ortodoxos y hasta tradicionales como monseñor Atanasio, y se siente culpable de abrigar tales sospechas. Comoquiera que sea, el Pueblo de Dios sufre también por esta que llamamos consideración B o segunda.

    Consideración tercera o consideración C. Aceptemos que los seglares sobre todo no tenemos capacidad de decisión en la Iglesia sobre estas cuestiones, lo cual significa que no debemos pronunciarnos como si creyéramos estar en posesión de la certeza absoluta. Vale, al menos como hipótesis de trabajo lo aceptamos. Sin embargo, hay una evidencia que es escandalosa, y que naturalmente el profesor Antonio José Sánchez pone de manifiesto en su artículo. A saber: las heterodoxias, dislates, blasfemias, irreverencias y mundanismos del pontificado de Francisco son tan abrumadoramente abundantes, constituyen un repertorio tan escandaloso, que no se pueden pasar por alto. Es imposible. No juzgamos la conciencia de Francisco, pero sus obras, acciones,actitudes, omisiones escandalosos están ahí. Nadie puede ocultarlas.

    Entonces, vale, admitamos que uno en efecto no tiene autoridad para determinar si del cónclave salió válida o inválidamente elegido Bergoglio, que uno no tiene autoridad para establecer con total certeza el alcance de los tentáculos de la Mafia de San Gallo… Pero sin embargo, ¿qué hacemos con el escandaloso repertorio de Francisco salpicado de dislates, heterodoxias, herejías, desatinos, irreverencias, mundanismos…? No hay que ser adivino ni derrotista para imaginar cuánto debe ser el sufrimiento del Pueblo de Dios ante esta realidad, solo que lo igualmente cierto es que los obispos siguen callando.

    Consideración cuarta o consideración D. Si es imposible justificar o legitimar tanta heterodoxia doctrinal, tanto mundanismo, tanta conversación tóxica e impía con personalidades como Scalfaro, tantas fotos al lado de personas homosexuales a las que no se les pide ningún cambio de vida, tanta foto al lado de dictadores comunistas, etcétera, etcétera, etcétera, ¿dónde, en qué parte de la Iglesia, en qué comunidad, en qué parroquia, en qué diócesis, en qué seminario, en qué noviciado un católico puede expresar su disconformidad y su hartazgo y su rechazo a toda esta doctrina bergogliana que no es al ciento por ciento la doctrina tradicional católica?

    Esto es, ¿quedan aún en la Iglesia oasis en que un católico de a pie, un religioso, una monja, un presbítero, un obispo puedan sin temor a ser MISERICORDIADOS hablar en libertad de este drama que es un cáncer y una carcoma que están pudriendo a la Iglesia?

    Un joven seminarista (o no tan joven) que sueñe con ser cura, ¿tiene que tragar sí o sí con esta Iglesia presidida por Jorge Mario Bergoglio, aunque el joven o no tan joven seminarista sepa que la doctrina bergogliana es una permanente adulteración de la doctrina íntegramente católica?

    ¿Hasta cuándo va a durar esto en la Iglesia?

  • Es tan evidente la sensación general de que Francisco (sic) no es verdadero Papa que haría inútil toda argumentación. Acaso puede Cristo contradecirse? Pues el mismo Cristo nos advierte que un árbol malo no puede dar frutos buenos. Por sus frutos los conoceréis.
    El artículo que comentamos tiene una brillante argumentación y por ello felicito efusivamente a su autor.
    Sólo quiero llamar la atención sobre lo que recientemente Monseñor Viganò llamó «el escándalo de los dos papas», causa, entre otras cosas, del actual flagelo permitido por Dios. Benedicto XVI también es culpable y cooperador de la actual situación. Con una culpa cuyas causas yo desconozco y que sólo Dios, que le confió el poder de las Llaves Supremas hace quince años, puede juzgar.

    • Que poca vergüenza que tenéis en este blog. Habéis eliminado mi último comentario sabiendo que era una corrección del anterior que aún está pendiente de moderación. Y luego váis de buenos. Para vosotros, todo mi desprecio.

      • Disculpe, acabo de entrar a ver los comentarios en estos momentos. Creo que usted se ha precipitado en su último comentario. Procure ser más paciente. Yo no estoy todo el tiempo pegada a este medio, publicamos y revisamos en función de nuestro tiempo, vida familiar y obligaciones de estado .

        Un saludo fraterno.

  • Tiene razón, Montserrat, me he precipitado . Solo que el comentario de rectificación no ha sido publicado. No fué Monseñor Viganò sino Don Nicola Bux quien habló de «confusión creada entre los fieles por la coexistencia de dos papas».
    Comprenderá mi indignación al ver que este segundo comentario aclaratorio ha desaparecido.
    Saludos fraternos.

  • Cada vez que Francisco habla, termina diciendo » no se olviden de rezar por mi » REALMENTE NO PUEDO IMAGINAR A MAS DE MIL MILLONES DE CATÓLICOS REZANDO POR BERGOGLIO , NO ES QUE EL PAPA ES EL VICARIO DE CRISTO, tendría que rezar el por nosotros como hizo Jesucristo.

  • […] The last objection of the Bergoglians concerns the doctrine of the so-called Universalis Ecclesiae Adhaesio” according to which, since no cardinal who participated in the conclave of 2013 is protesting or raising doubts about the election of Francis, it is therefore to be considered good and valid. “Such a doctrine,” explains Professor Sànchez, “was never intended to save, heal, or consider satisfied the “CONDITIO SINE QUA NON” without which a provision could never be initiated. In the case of the papacy, this condition is that THE SEE IS VACANT, that is, that the reigning pope is dead or has validly abdicated. The Universalis Ecclesiae Adhaesio could remedy a posteriori an error or a lacuna in the canonical provision of the election of the Pope, once it has begun, but never the preceding condition for the initiation of that provision. Here are the details. […]

  • […] “Diese Lehre”, erklärt Prof. Sànchez, “war nie dazu gedacht, die ‘CONDITIO SINE QUA NON’ zu retten, zu heilen oder als erfüllt anzusehen, ohne die eine Maßnahme niemals eingeleitet werden könnte. Im Falle des Papsttums besteht diese Bedingung darin, dass der Stuhl vakant ist, d. h. dass der amtierende Papst tot ist oder rechtsgültig abgedankt hat. Die Universalis Ecclesiae Adhaesio konnte einen Fehler oder eine Lücke in der einmal begonnenen kanonischen Maßnahme der Papstwahl a posteriori beheben, aber niemals die vorherige Bedingung für die Einleitung dieser Maßnahme”. Die Einzelheiten findet man hier. […]

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